Page 193 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 31357, QUE MODIFICA LA LOE Y LA LOP PARA ASEGURAR DESARROLLO DE LAS ERM EN EMERGENCIA SANITARIA
boración del padrón de electores con ben encontrarse en la relación de afi-
base en la información proporciona- liados presentada por la organización
da por el Registro de Organizaciones política en su solicitud de inscripción
Políticas (ROP) del Jurado Nacional ante el Registro de Organizaciones
de Elecciones (JNE). La solución de Políticas (ROP) del Jurado Nacional de
controversias en sede jurisdiccional, Elecciones.
la elección del cronograma correspon- 5. Las elecciones internas pueden rea-
COPIA
diente y las acciones de fiscalización lizarse de acuerdo con alguna de las
están a cargo del Jurado Nacional de siguientes modalidades:
Elecciones (JNE). a. Elecciones con voto universal,
2. La organización política determina los libre, voluntario, igual, directo y
requisitos para la inscripción de sus secreto de los afiliados. LEY QUE MODIFICA LOE Y LOP POR EMERGENCIA SANITARIA - ERM2022
candidatos de acuerdo a su normativa
interna, los cuales deberán figurar en b. b. Elecciones a través de dele-
listas cerradas y bloqueadas. El núme- gados previamente elegidos me-
ro de listas de candidatos en compe- diante voto universal, libre, volun-
tencia es determinado por la organi- tario, igual, directo y secreto de
zación política, debiéndose presentar los afiliados.
ante el Jurado Nacional de Elecciones. Para ambas modalidades, la Oficina Nacio-
3. Las elecciones internas para elegir nal de Procesos Electorales (ONPE) emiti-
candidatos a las Elecciones Regio- rá el reglamento correspondiente para la 193
nales y Municipales del año 2022 se organización y ejecución del proceso de
desarrollan conforme al calendario elecciones internas para la elección de los
electoral fijado por el Jurado Nacional delegados.
de Elecciones (JNE). 6. La Oficina Nacional de Procesos Elec-
4. Solo los candidatos a gobernadores re- torales (ONPE) establece los mecanis-
gionales, vicegobernadores y alcaldes mos de votación, manuales o electró-
deben estar afiliados a la organización nicos, presenciales o no presenciales,
política por la que deseen postular. La de los electores en las elecciones in-
presentación de las afiliaciones ante el ternas, garantizando transparencia,
Registro de Organizaciones Políticas accesibilidad y legitimidad de las
(ROP) del Jurado Nacional de Elec- mismas, para lo cual debe disponer
ciones (JNE) podrá efectuarse como la realización de las auditorías que
máximo hasta el 5 de enero de 2022. correspondan y la publicidad de sus
La organización política puede esta- resultados, en caso se utilice la moda-
blecer mayores requisitos a los seña- lidad de voto electrónico. El número de
lados en la presente disposición. En el electores por mesa de sufragio en las
caso de las organizaciones políticas elecciones podrá superar los trescien-
en vías de inscripción, sus candidatos tos (300) a consideración de la ONPE,
a gobernadores, vicegobernadores y siempre y cuando se garanticen las
alcaldes en las elecciones internas de- medidas de control y sanitarias que se
implementen en la elección.

