Page 33 - METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION JURIDICA-Jorge Witker Velásquez
P. 33
14 Metodología de la Investigación Jurídica
concepto cerrado (por ejemplo, el silogismo categórico, del cual partía
Jørgensen), para comprender las salidas del Derecho, especialmente
cuando consideramos las diversas variantes que nos plantean los pro-
29
blemas sociojurídicos .
Son, precisamente, estos problemas sociojurídicos los que estable-
cerán la relación de coherencia entre las normas jurídicas vigentes, las
nuevas normas incorporadas y su impacto a nivel social, proceso que
30
se conoce como “de incorporación” . Es decir que, mientras la norma
se incorpora se suma al sistema jurídico, las consecuencias origina-
das -diferentemente- de la nueva norma y dicho sistema se combinan,
generando este proceso de reacomodo de la coherencia, proceso no
inmediato que va más allá del momento de promulgación en el Diario
31
Oficial de la Federación (como lo ha presumido el legislador) . Este
mismo proceso ocurre a la inversa, es decir, cuando la norma jurídica
es abrogada y desincorporada del sistema jurídico. De lo primero, te-
nemos como ejemplo la incorporación de tratados internacionales, que
establecen nuevas reglas de aplicación, que colisionan con el ordena-
miento jurídico previamente establecido.
Un fenómeno parecido ocurre al momento de interpretar las nor-
mas jurídicas, en la ya señalada “hermenéutica jurídica”, tanto a nivel
constitucional específica, como de forma general en el resto de las leyes.
En ambos espacios operan reglas de interpretación específicas, respon-
diendo a la especialidad y relación jerárquica que opera en cada una de
las normas jurídicas, en las llamadas “cadenas de subordinación” . En
32
el caso de las normas constitucionales, tienen formas de interpretación
que les diferencian de otras normas jurídicas, y que se encuentran enca-
bezadas por el principio de supremacía constitucional; es decir, aquella
“cualidad que tiene la Constitución de ser la norma que funda y da
validez a la totalidad del ordenamiento jurídico de un país determina-
do” . Estas formas de interpretación constitucional agregan las reglas
33
y principios propios del carácter fundante de la norma constitucional,
del cómo irradia al resto del ordenamiento jurídico (bajo la relación
29 Barragán, Julia, “La inferencia jurídica”, op. cit., pp. 106-107.
30 Ibidem, pp. 108-109.
31 Op. cit., p. 109.
32 Ibidem., pp. 109-110.
33 SCJN, La supremacía constitucional, 2a. reimp., México, Suprema Corte de Justicia
de la Nación, 2011, p. 37.