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COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022
desarrollada a través de medios virtuales, 3. La afiliación a una organización polí-
para lo cual los organismos electorales, en tica.
el ámbito de sus funciones, deben dictar las 4. La renuncia a una organización polí-
disposiciones que correspondan. tica.
Décima Disposición Transitoria 5. El trámite de afiliación indebida a una
La instalación de las Mesas de Sufragio y organización política.
los procesos de votación manual o electró- 6. La solicitud de inscripción de las mo-
ta y cinco (45) días calendario a partir de la COPIA
nico y de escrutinio de los votos en Mesa, dificaciones al Estatuto.
así como el acopio de actas y ánforas deben
realizarse garantizando todas las medidas 7. La solicitud de inscripción de las mo-
de control y seguridad sanitarias estableci- dificaciones al Reglamento Electoral.
das en el Protocolo Sanitario que, para tal 8. La realización de reuniones de los ór-
efecto, determinen la Oficina Nacional de ganos directivos y demás estamentos
Procesos Electorales (ONPE) y el Ministerio o instancias de las organizaciones po-
de Salud”. líticas.
Artículo 2. Adición de disposiciones transi- 9. La elección de sus dirigentes, repre-
torias a la Ley N.° 28094, Ley de Organiza- sentantes legales, apoderados y per-
ciones Políticas soneros.
Adiciónanse las siguientes disposiciones SÉPTIMA.- Las elecciones internas en las
transitorias a la Ley N.° 28094, Ley de Or- organizaciones políticas para elegir a los
ganizaciones Políticas, para su aplicación candidatos a las Elecciones Generales del
186 exclusiva en las Elecciones Generales del año 2021 se rigen por las siguientes reglas:
año 2021 conforme al siguiente texto: 1. Las elecciones internas son organi-
“QUINTA.- Las organizaciones políticas zadas por la Oficina Nacional de Pro-
pueden presentar fórmulas y listas de can- cesos Electorales (ONPE). El Registro
didatos en el proceso de Elecciones Gene- Nacional de Identificación y Estado
rales 2021, para lo cual deben contar con Civil (RENIEC) se encarga de la ela-
inscripción vigente en el Registro de Orga- boración del padrón de electores en
nizaciones Políticas (ROP) del Jurado Na- base a la información proporciona-
cional de Elecciones (JNE), como máximo, da por el Registro de Organizaciones
hasta la fecha de inicio del plazo de inscrip- Políticas (ROP) del Jurado Nacional
ción de candidaturas. de Elecciones (JNE). La solución de
SEXTA.- El Jurado Nacional de Elecciones controversias en sede jurisdiccional,
(JNE) deberá poner al servicio de las orga- la elaboración del cronograma co-
nizaciones políticas, en un plazo de cuaren- rrespondiente y la fiscalización de las
elecciones internas están a cargo del
fecha de publicación de la presente Ley, un Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Portal Electoral Digital (PED) que permita la
realización de los siguientes trámites y ac- 2. La organización política determina los
tos de manera virtual: requisitos, la modalidad de inscrip-
1. La presentación de los requisitos de ción y el número de sus postulantes a
candidatos de acuerdo a su normativa
inscripción de partidos políticos. interna. Las candidaturas a elecciones
2. Las incorporaciones, exclusiones y re- internas se presentan ante la respecti-
nuncias al padrón de afiliados. va organización política.

