Page 207 - METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION JURIDICA-Jorge Witker Velásquez
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               Artículo 49. Para obtener la categoría de Investigador(a) Nacional Eméri-
               to(a) el/la solicitante deberá:
               I. Contar con al menos 65 años de edad al cierre de la convocatoria;
               II. Haber tenido al menos, tres evaluaciones consecutivas obteniendo el ni-
               vel III y cumplido quince años de manera ininterrumpida con la distinción
               de Investigador(a) Nacional nivel III;
               III. Presentar la solicitud, y
               IV. Ser recomendado/a para el otorgamiento de esta distinción por la Co-
               misión de investigadores(as) eméritos(as).
               Artículo 50. Las distinciones tendrán vigencia a partir del primero de ene-
               ro de cada año y la siguiente duración:
               I. Candidato(a) a Investigador(a) Nacional: tres años y excepcionalmente
               un año de prórroga. Sólo podrá obtenerse esta categoría por una vez. Las
               comisiones resolverán respecto de la excepcionalidad aplicable, cuando
               sea evidente que al finalizar la prórroga se alcanzarán los requisitos para
               obtener el nombramiento de investigador(a) nacional;
               II. Investigador(a) Nacional nivel I: tres años en la primera distinción y
               cuatro años en los inmediatos siguientes en el mismo nivel;
               III. Investigador(a) Nacional nivel II: cuatro años en la primera distinción
               y cinco años en los inmediatos siguientes en el mismo nivel;
               IV. Investigador(a) Nacional nivel III: cinco años en la primera y segunda
               distinciones y a partir de la tercera designación consecutiva en este nivel, la
               vigencia será de diez años, e
               V. Investigador(a) Nacional Emérito: La distinción es vitalicia.

               Un cuanto al monto de la beca o estipendio se trata de un pago
            mensual que según el nivel y carrera del investigador en el sistema
            va de $8,000 a $37,000, según el respectivo nivel de adscripción que
            periódicamente está abierto a evaluaciones cuantitativas y cualitativas
            en materia de aporte a las distintas diciplinas.
               El articulo 59 menciona las cantidades que corresponden a cada
            nivel de los miembros del SNI y son los siguientes:
               Artículo 59. La entrega de los estímulos económicos se hará en forma
               mensual y estará supeditada a la existencia y disponibilidad de la partida
               presupuestal correspondiente. Los montos de dichos estímulos se regirán
               por el valor mensual de la UMA, de acuerdo con la siguiente tabla para
               cada categoría y nivel:
               I. Candidato(a) a Investigador(a) Nacional: Tres veces el valor mensual de
               la UMA;
               II. Investigador(a) Nacional nivel I: Seis veces el valor mensual de la UMA;
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