Page 156 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
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                   Esa ola de violencia no es un problema exclusivo de México, ya que se
                trata de un fenómeno generalizado, presente en muchos países del mundo,
                como resultado del incremento de la participación de las mujeres en los
                ámbitos político y económico y, en general, su mayor influencia en la toma
                de decisiones públicas. Las mujeres que se presentan como precandidatas
                o candidatas y llegan a ser electas presidentas municipales, regidoras o le-
                gisladoras, ya no como casos de excepción, sino en números importantes
                que obligan a tomarlas en cuenta dentro de los procesos públicos, son con-
                                    copia
                sideradas por algunos como una amenaza. De ahí que la violencia política
                de género ha llegado a convertirse en un problema generalizado y ha sido

                puesto   en el centro de la atención pública.





                   Este   trabajo establece un marco conceptual que permite discutir la vio-
                lencia política de género como un fenómeno particular, aunque relacionado
                con los contextos sociopolíticos más amplios. Asimismo, se describen las
                formas que toma la violencia política de género en el contexto mexicano de
                los últimos años y se señalan algunas acciones que deberían ser implemen-
                tadas por los actores estatales con el fin de atender, sancionar y eliminar a la


                violencia   política contra la mujer.
                     II.   violencia De género y violencia Política De género






                La violencia política de género es un tipo específico que cabe dentro del fe-
                nómeno más amplio de la violencia contra la mujer. Ésta, a su vez, es defini-
                da por los instrumentos internacionales como “cualquier acción o conducta,

                basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual     o
                psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado” (Con-
                vención Belém do Pará, artículo 1o.) o “una forma de discriminación que
                impide gravemente el goce de derechos y libertades en pie de igualdad con el
                hombre” (Recomendación General núm. 19, CEDAW, párrafo 1o.). Como se
                puede observar, ambas definiciones señalan que la violencia de género tiene
                su origen en la desigualdad entre hombres y mujeres.
                   Tradicionalmente,    las  sociedades  consideraban  esas  diferencias como
                naturales, derivadas de las cuestiones biológicas que distinguen a hombres y

                mujeres.   Las funciones reproductivas fueron la justificación de la reclusión

                de las mujeres a la vida privada y el desempeño de las tareas de cuidado de
                los menores, los enfermos y los adultos mayores, quedando impedidas para
                participar en las decisiones públicas, e incluso, por mucho tiempo, de to-
                mar las decisiones respecto de su propio destino (sobre matrimonio, propie-
                dades, lugar de residencia, entre muchas otras cuestiones). De esta manera,




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