Page 162 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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152 JANINE M. OTÁLORA MALASSIS
violentos se cometen con mayor frecuencia en contra de las mujeres y, efec-
tivamente, logran restringir su acceso a la vida política en mucho mayor
medida que a los hombres.
IV. una ProPuesta De soluciones
La creciente ola de violencia política de género presenta un reto cada vez más
copia
complejo para las autoridades electorales y para las sociedades en su conjun-
to. Es necesario que se tomen medidas adecuadas para detectar, atender, san-
cionar y, finalmente, eliminar los actos de violencia política contra la mujer.
En el caso particular de México, se debe —ante todo— legislar contra el
acoso y/o violencia política de género, para tipificar estos actos como delitos
y poder sancionarlos de manera disuasiva. La legislación es particularmente
importante, pues les permite a las autoridades responsables conocer los casos
de violencia, así como fortalecer su actuación tanto para prevenir como para
sancionarlos. Cabe señalar que ante la extensión y gravedad del fenómeno,
por un lado, y la ausencia de la regulación, por otro, a iniciativa del TEPJF,
distintas instituciones del Estado mexicano: el INE, la FEPADE, la Subsecre-
taría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, la CEAV, el
Inmujeres y la Fevimtra, colaboraron en la elaboración del PAVPCM (2016).
Este documento, aprobado a inicios de 2016, establece el enfoque y las
medidas que se deben tomar dentro de un procedimiento judicial derivado
de la violencia política contra la mujer, relacionada con la materia electoral,
penal o administrativa. El Protocolo señala que la violencia política contra
las mujeres comprende cualquier esfera: política, económica, social, cultu-
ral, civil, familiar, en la comunidad, en un partido o institución política, por
lo que incluye el ámbito público y el privado.
Al mismo tiempo, la violencia política puede ser de cualquier tipo (sim-
bólica, verbal, patrimonial, económica, psicológica, física y sexual) y puede
ser cometida por el Estado o por sus agentes, por superiores jerárquicos o sus
subordinados, por colegas de trabajo, por partidos políticos o representantes
de los mismos, por medios de comunicación y sus integrantes; en resumen,
por cualquier persona. Frecuentemente es dirigida en contra de la mujer;
pero también se puede ejercer en contra de su familia, sus colaboradores o su
comunidad, buscando con ello afectar a la propia mujer (por ejemplo, ame-
cometiendo actos de violencia contra los hijos).
nazando o
El Protocolo se está aplicando en los casos que atienden las autorida-
des electorales (INE, TEPJF y FEPADE), como en el de Rosa Pérez Pérez,
alcaldesa de Chenalhó, en Chiapas, obligada a dimitir después de que un
grupo de inconformes retuvieron al presidente del congreso estatal y al coor-
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