Page 362 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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362 GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
Al igual que en el diseño de estrategias, conviene comparar e identificar
instrumentos que ayuden a generar las condiciones para que ellas partici-
pen en la política, en igualdad de oportunidades y libres de violencia. Como
se advierte, a lo largo de este texto se hace un recuento de los instrumentos
nacionales e internacionales que definen, previenen, atienden y sancionan
la discriminación y la violencia política por razones de género, de los cuales
se deberá hacer un análisis profundo para medir su eficacia.
Otálora, Hernández, Tagle y Nieto en sus respectivos trabajos pujan
perseguir los casos de copia
por una legislación que tipifique y sancione de forma disuasiva la violencia
política por razones de género. Al respecto, Albaine (2017) señala que si
bien Bolivia con la Ley núm. 243 es el único país que ha aprobado una legis-
lación específica para atender la violencia política por género, también deja
constancia del avance normativo realizado en otros países como México,
donde se 1
aprobó recientemente en el Senado una iniciativa de ley.
Krook (2017) señala de manera enfática que en América Latina exis-
ten “deficientes sistemas de justicia e ineficientes aparatos policiales que ga-
rantizan la impunidad de los agresores”. De ahí que uno de los principales
eliminación de la violencia hacia las mujeres es la falta de
obstáculos para la
castigo a los infractores. La impunidad se convierte en un inconveniente cru-
cial para poder combatir la violencia. Eliminar la impunidad requiere de un
fuerte compromiso de los actores políticos, de las instituciones y de la ciuda-
danía, y aunque pareciera ser una labor titánica, el reconocer este problema
en los países de la región resulta necesario para quitar este terrible mal que
frena en muchos aspectos la justicia social.
Otra propuesta que debe trabajarse en conjunto, tanto por autoridades
legislativas como judiciales, es la realizada por Piscopo (2017), quien señala
que a corto plazo se podrían establecer fiscalías especiales “para investigar y
agresiones físicas y hostigamiento psicológico contra
las mujeres políticas”. En ese sentido, añade que “si estos fiscales cuentan
con apoyo político y suficientes recursos, no deberían limitarse a castigar a
los culpables sino también apoyar los esfuerzos de recopilación de datos y
documentación de casos de violencia contra las mujeres en política que lle-
van a cabo las activistas”.
En México, se cuenta con la Fiscalía Especializada para la Atención de
Delitos Electorales, misma de la que Nieto (2017) dio cuenta y expuso el
2
aumento de denuncias de este tipo: de 5 casos documentados en 2012, se
1 El 9 de marzo de 2017 se aprobó en el Senado, de ahí pasó a la Cámara de Diputados,
sin que a fecha de elaboración de este trabajo se aprobara en dicho órgano legislativo.
l
a
2 Cada estado de la República cuenta con una fiscalía similar para la atención de delitos
electorales en el ámbito estatal.
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Tribunal Electoral de la Ciudad de México

