Page 155 - MUJERES EN LA POLITICA, EXPERIENCIAS NACIONALES Y SUBNACIONALES EN AMERICA LATINA - MARIANA CAMINOTTI FLAVIA FREIDENBERT
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                               La paridad de género y la regla de los distritos perdedores en México 161

                   En primer lugar, la interpretación de la regla, por parte de la autoridad
               electoral, ha sido altamente flexible, aceptando casi cualquier proporción de
               mujeres postuladas en los distritos perdedores  Los datos analizados demues-
               tran que, bajo estas reglas, los partidos postularon entre 17 y 80% de mujeres
               en sus distritos perdedores, lo que no refleja un equilibrio de género en los
               registros de candidaturas  Esa flexibilidad, especialmente cuando va en contra
               de las mujeres –con un alto número de postulaciones femeninas en los distritos
                                   copia
               perdedores–, no puede tener un efecto favorable para la igualdad de género en
               la integración de los órganos legislativos
                   En segundo lugar, en pocas ocasiones, la regla de distritos perdedores se ha
               aplicado de manera efectiva  La lógica de la regla que prohíbe que “a alguno de
               los géneros le sean asignados exclusivamente aquellos distritos en los que el par-
               tido haya obtenido los porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral
               anterior” (lgpp, Artículo 3 5), hace esperar que los partidos distribuyan candi-
               daturas tanto femeninas como masculinas en sus distritos perdedores y, auto-
               máticamente, en los competidos y en los ganadores  Sin embargo, como se ha
               demostrado, el hecho de que los partidos no postulen a las mujeres en los distri-
               tos perdedores no significa que las postulen en aquellos donde ganan escaños
                   En muchos contextos locales, hay partidos que técnicamente no tienen dis-
               tritos ganadores, ya que en esquemas de partido dominante o de bipartidismo
               incluso los distritos de mayor votación no se convierten en distritos ganadores
               Por otro lado, los partidos políticos suelen tener un mejor pulso de las tenden-
               cias políticas en las entidades federativas y saben en cuáles de sus distritos de alta
               votación tienen posibilidades reales o mayores de ganar  Por ello, pueden, for-
               malmente, cumplir las reglas e incluso postular a un número importante de
               mujeres en distritos competitivos, pero sin posibilidad de victoria real  En este
               sentido, queda claro que evitar que las candidatas mujeres estén sobrerrepresen-
               tadas en los distritos perdedores no lleva a su inclusión en los distritos ganado-
               res, lo cual hace pensar que la redacción específica de la regla no refleja la inten-
               ción de fomentar de manera efectiva las posibilidades de que las mujeres resulten
               elegidas  Para lograrlo tal vez habría que establecer la obligación de una postu-
               lación equilibrada en los distritos competitivos, efectivamente
                   En este sentido, los hallazgos de esta investigación coinciden con lo repor-
               tado en otros estudios que apuntan a que la norma actual permite a los partidos
               políticos realizar postulaciones sesgadas en cuanto al nivel de competitividad




                                DR © 2018. Universidad Nacional Autónoma de México
                        Instituto de Investigaciones Jurídicas, Instituto Electoral de la Ciudad de México
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