Page 282 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
P. 282
COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022
CONCORDANCIAS: recurso de reconsideración, dentro de los
Ley N.° 26864, Artículo 8. ocho (8) días hábiles posteriores a la noti-
Ley N.° 26771, artículos 1 y 3. ficación del acuerdo, no siendo exigible su
Ley N.° 26486, Artículo 5, inciso u. presentación para la interposición del re-
Artículo 31°.- Suspensión del cargo curso a que se contrae el párrafo siguiente.
El cargo de presidente, vicepresidente y El recurso de apelación se interpone ante
consejero se suspende por: el Consejo Regional, dentro de los diez (10)
COPIA
1. Incapacidad física o mental temporal, días hábiles posteriores a la notificación del
acreditada por el organismo compe- acuerdo del Consejo Regional que aprueba
tente y declarada por el Consejo Re- o rechaza la suspensión, o resuelve su re-
gional. consideración. El Consejo Regional lo ele-
2. Mandato firme de detención derivado vará al Jurado Nacional de Elecciones en un
plazo no mayor de cinco (5) días hábiles. El
de un proceso penal. Jurado Nacional de Elecciones resuelve en
3. Sentencia judicial condenatoria emiti- instancia definitiva y su fallo es inapelable
da en segunda instancia por delito do- e irrevisable.
LOGR loso con pena privativa de la libertad. En todos los casos de suspensión simultá-
4. Incumplimiento de lo dispuesto en el nea del presidente y vicepresidente regio-
artículo 39-A de la Ley N.° 30364, Ley nales o impedimento de este último, asume
para prevenir, sancionar y erradicar la temporalmente el cargo el consejero que
violencia contra las mujeres y los in- elija el Consejo Regional. Tal nombramiento
tegrantes del grupo familiar, debido al no requiere investidura de los accesitarios
282 ejercicio de la presidencia de la instan- a consejeros.
cia regional de concertación.
La suspensión es declarada en primera Una vez extinguida la causa de suspensión,
instancia por el Consejo Regional, dando el titular reasume su cargo de pleno derecho.
observancia al debido proceso y el respe- Artículo modificado por la Primera Disposición
to al ejercicio del derecho de defensa, por Complementaria Modificatoria de la Ley N.º 31439,
mayoría del número legal de miembros, por publicada el 07 abril de 2022.
un período no mayor de ciento veinte (120) CAPÍTULO VI
días en el caso de los numerales 1 y 2; y,
en el caso del numeral 3, hasta que en el GESTIÓN REGIONAL
proceso penal no haya recurso pendiente Artículo 32°.- Gestión regional
de resolver y el proceso se encuentre con La gestión de Gobierno Regional se rige
sentencia consentida o ejecutoriada. En
todo caso, la suspensión no podrá exceder por el Plan de Desarrollo Regional Concer-
el plazo de la pena mínima prevista para el tado de mediano y largo plazo, así como el
delito materia de sentencia. De ser absuelto Plan Anual y el Presupuesto Participativo
en el proceso penal, el suspendido reasumi- Regional, aprobados de conformidad con
rá el cargo; caso contrario, el Consejo Re- políticas nacionales y en cumplimiento del
gional declarará su vacancia. En el caso del ordenamiento jurídico vigente.
numeral 4, la suspensión se realiza hasta Los gobiernos regionales promueven y
por el período máximo de treinta (30) días apoyan las iniciativas de conectividad e
calendario. intercambio de información y experiencias
Contra el acuerdo del Consejo Regional que de gobierno valiosas para la gestión, entre
aprueba o rechaza la suspensión procede los gobiernos regionales y entre éstos y el

