Page 283 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 27867 - LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES

          gobierno nacional y gobiernos locales, ha-  Para cumplir con las funciones establecidas
          ciendo uso de las herramientas tecnológi-  en los párrafos precedentes los Gobiernos
          cas disponibles.                  Regionales  están  facultados  para  solicitar
          Artículo 33°.- Administración,  dirección  y   asesoría técnica y financiera especializada.
          supervisión                       La regulación de los mercados de servicios
                                            públicos corresponde al Gobierno Nacional
          La administración regional se ejerce bajo un   a través de los organismos reguladores, en
                       COPIA
          sistema gerencial y se sustenta en la pla-  concordancia con la Constitución, en cuan-
          nificación estratégica, organización, direc-  to a la capacidad de los gobiernos regiona-
          ción, ejecución, evaluación y control, dentro   les para regular los servicios de su respon-
          del marco de las normas emitidas por los   sabilidad.
          sistemas administrativos nacionales.  Artículo 35°.- Contrataciones y adquisicio-
          La dirección del Gobierno Regional está a   nes regionales
          cargo de la Presidencia Regional y las fun-  Las  contrataciones  y  adquisiciones  que
          ciones ejecutivas y administrativas corres-  realizan los gobiernos regionales se sujetan
          ponden  al  Gerente  General  Regional  y  los   a la Ley de la materia, promoviendo la acti-
          Gerentes Regionales, según lo establecido   vidad empresarial regional.  LOGR
          en la presente Ley Orgánica y el Reglamento
          de Organización y Funciones aprobado por     TÍTULO III
          el Consejo Regional.                 ORDENAMIENTO NORMATIVO
          La supervisión de los actos de administra-   REGIONAL
          ción o administrativos que ejecuten los go-
          biernos regionales conforme a los sistemas   CAPÍTULO I            283
          administrativos nacionales a cargo del go-  RÉGIMEN NORMATIVO
          bierno nacional, se regula por las disposi-
          ciones legales del sistema correspondiente.  Artículo 36°.- Generalidades
          Artículo  34°.- Promoción de  la inversión   Las  normas  y  disposiciones  del  Gobierno
          privada en proyectos y servicios  Regional se adecuan al ordenamiento jurídi-
          Los  gobiernos  regionales  crearán  meca-  co nacional, no pueden invalidar ni dejar sin
                                            efecto normas de otro Gobierno Regional ni
          nismos para promover la inversión privada   de los otros niveles de gobierno.
          nacional  y  extranjera  dirigidos  a  lograr  el
          crecimiento  económico  regional  conforme   Las normas y disposiciones de los gobier-
          a  ley.  En  el  marco  de  sus  competencias,   nos  regionales  se  rigen  por  los  principios
          otorgan  concesiones  y  celebran  cualquier   de  exclusividad,  territorialidad,  legalidad  y
          otra  modalidad  contractual,  siempre  que   simplificación administrativa.
          se contribuya al desarrollo sostenible local   Artículo 37°.- Normas y disposiciones re-
          y regional, se asegure una mayor eficiencia   gionales
          social y se garantice el cumplimiento de las   Los  gobiernos  regionales,  a  través  de  sus
          normas legales establecidas.      órganos  de  gobierno,  dictan  las  normas  y
          Las concesiones y otras modalidades con-  disposiciones siguientes:
          tractuales se sujetan a las condiciones es-  a)   El Consejo Regional: Ordenanzas Re-
          tipuladas en los respectivos contratos cele-  gionales  y  Acuerdos  del  Consejo  Re-
          brados y suscritos conforme a Ley.   gional.
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