Page 308 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
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                         EL ACOSO POLÍTICO HACIA LAS CANDIDATAS EN EL PROCESO...  305

                nero, presentados desde 2007 ante la evidencia de que en el país la cuota de
                género ha alcanzado su límite. Pero la participación política efectiva tam-
                bién implica la eliminación de barreras para su ejercicio, y el acoso político
                contra las mujeres constituye un elemento de discriminación que cada vez

                se   hace más visible.
                   Pese a los esfuerzos realizados por diversas instituciones, en especial las
                organizaciones de la sociedad civil, el proyecto de Ley contra el Acoso Políti-
                co hacia las Mujeres, presentado en enero de 2013 (núm. 1903/2012-CR) e
                                    copia
                ingresado como Dictamen de la Comisión de la Mujer y Familia al Congreso
                de la República, no ha sido aprobado hasta la fecha. Esto quiere decir que
                mientras países como Bolivia ya cuentan con su ley, en Perú no existe aún


                normativa   vigente sobre estos actos de violencia contra la mujer.



                             ello, y bajo el marco de las competencias del JNE, el PMIC
                   A pesar de
                diseñó una propuesta de atención de actos de acoso político para el proce-
                so de 2014, el mismo que ha sido extendido para su aplicación durante las
                elecciones generales de 2016. Esta propuesta ha implicado la coordinación
                entre las áreas competentes de   la institución en materia de fiscalización elec-

                toral e impartición de justicia electoral y ha conllevado la capacitación al
                personal de campo de la DNEF y a los propios jueces electorales existentes
                   a nivel nacional.

                   En virtud   de las normas electorales, la propuesta ha consistido en la aten-



                ción de los casos de acoso por parte de los jurados electorales especiales, 10
                siempre que estuvieran vinculados con propaganda denigratoria, y en aque-
                llos casos en que no ocurriera así, fueran derivados al Ministerio Público
                o a otras instancias estatales. De este modo, el JNE tendría un registro de
                denuncias por acoso político que serviría para fortalecer el proyecto de ley
                1903/2012-CR.
                   Formalmente, la atención y el seguimiento del acoso político en Perú se
                encuentran estancados de muchas maneras. No obstante, desde las compe-
                tencias establecidas por sus normas de creación, instituciones como el JNE
                han definido propuestas para que los casos que se denuncien no queden sin
                protección. Más allá de estos esfuerzos, se espera que se asuma la impor-
                tancia de la eliminación de los actos que, por discriminatorios en razón de
                género, atentan contra el efectivo ejercicio de los derechos de participación
                         las mujeres peruanas.
                política de





                  10     Son órganos temporales que durante procesos electorales constituyen primera instan-



                cia   en la impartición de justicia electoral. La segunda instancia recae en el JNE.






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