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COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022

                     TÍTULO XV              Artículo 371°.- El presupuesto ordinario de
             DEL PRESUPUESTO ELECTORAL      cada Órgano Electoral es presentado al Po-
                                            der Ejecutivo como un programa separado
                     CAPÍTULO 1             dentro  del  pliego  correspondiente  a  cada
               DE LA ELABORACIÓN DEL        uno de dichos Órganos.
               PRESUPUESTO ELECTORAL        El  presupuesto  de  cada  Órgano  Electoral
                                            debe contemplar la ejecución de todos los
                       COPIA
          ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO DEL    procesos electorales con calendario fijo, se-
                 SISTEMA ELECTORAL          gún la Constitución Política del Perú. En los
          Artículo 369°.-  El  presidente  del  Jurado   presupuestos, cada proceso electoral debe
          Nacional de Elecciones ejerce la titularidad   estar claramente diferenciado.
          del pliego de este Órgano Electoral; el jefe   CONCORDANCIAS:
          de la Oficina Nacional de Procesos Electo-  Ley N.º 26486, Artículo 39.
          rales ejerce la titularidad del pliego de esta   Ley N.º 26487, Artículos 29 y 30.
          Oficina; la titularidad del pliego del Registro   Ley N.º 26497, Artículo 25.
          Nacional de Identificación y Estado Civil es   Ley N.º 26533, Artículo 8.
          ejercida por su jefe.                       CAPÍTULO 2
          CONCORDANCIAS:                    DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO
          Ley N.° 26487, Artículo 33.                 ELECTORAL
          Ley N.° 26497, Artículo 11.
          Ley N.° 26533, Artículos 5 y 6.   Artículo 372°.-  Corresponde al presidente
    176     PRESENTACIÓN DEL PROYECTO DE    del Jurado Nacional de Elecciones, única-
                                            mente,  efectuar  las  coordinaciones  nece-
              PRESUPUESTO DEL SISTEMA       sarias para una presentación oportuna del
                     ELECTORAL              Proyecto de Presupuesto del Sistema Elec-
    LOE   Artículo 370°.-  El  presidente  del  Jurado   toral diferenciando cada pliego que lo con-
          Nacional  de  Elecciones  presenta  al  Poder   forma. Corresponde a cada titular de pliego
          Ejecutivo  el  proyecto  de  presupuesto  del   del Sistema Electoral la responsabilidad en
          Sistema Electoral que incluye por separado   su ejecución de acuerdo a ley.
          las partidas de los pliegos presupuestales   CONCORDANCIA:
          de cada Órgano Electoral. Lo sustenta ante   Ley N.º 26533, Artículo 9.
          esa instancia y ante el Congreso, de confor-
          midad con lo dispuesto en los artículos 80   PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE
          y 178 de la Constitución Política del Perú.   PRESUPUESTOS
          A  dicho  acto  también  asisten,  en  forma
          obligatoria, el jefe de la Oficina Nacional de   Artículo 373°.- Convocado un proceso elec-
          Procesos Electorales y el jefe del Registro   toral no previsto en el calendario fijo, los de-
          Nacional de Identificación y Estado Civil con   más organismos del Sistema Electoral coor-
          el propósito de absolver cualquier consulta   dinan con el Jurado Nacional de Elecciones
          en temas de su competencia.       la presentación de los presupuestos reque-
                                            ridos. El Jurado Nacional de Elecciones debe
          CONCORDANCIAS:                    presentarlo  ante  el  Poder  Ejecutivo  dentro
          Constitución Política del Perú, Arts. 80 y 178.  del plazo de siete (7) días naturales contados
          Ley N.º 26486, Artículo 40.
          Ley N.º 26533, Artículo 7.        a partir de la convocatoria.
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