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COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022
quier medio, que un ciudadano pueda ser quienes organizan espectáculos o re-
designado para integrar un Jurado Electoral uniones prohibidos durante los perío-
Especial. dos señalados en el Artículo 190 de la
Artículo 388°.- Es reprimido con pena pri- presente ley.
vativa de la libertad no menor de tres meses b) Aquel que destruya, en todo o en par-
ni mayor de dos años aquél que instala o te, impida u obstaculice la propaganda
hace funcionar Secretarías o locales políti- electoral de un candidato o partido;
por ciento del ingreso mínimo vital multi- COPIA
cos u oficinas de propaganda, o que orga- además sufre pena de multa, por el
niza o permite reuniones o manifestaciones importe del diez por ciento del ingreso
políticas dentro de zonas prohibidas o en diario del condenado, multiplicado por
los plazos en que dicha actividad esté sus- treinta días de multa, de conformidad
pendida conforme a esta ley. con los artículos 41 al 44 del Código
Si el culpable es una autoridad política, la Penal.
pena es no menor de un año ni mayor de Las mismas penas se imponen a los insti-
tres, además de la pena accesoria de inha- gadores.
bilitación, por igual tiempo del de la conde- c) Los registradores públicos, notarios,
na, de conformidad con los incisos 1), 2), 3), escribanos, empleados públicos y
4) y 8) del Artículo 36 del Código Penal. demás personas que no exijan la pre-
CONCORDANCIA: sentación del Documento Nacional de
Ley N.º 26859, artículos 184, 190 y 349. Identificación con la constancia de
sufragio en las últimas elecciones, o la
180 Artículo 389°.- Es reprimido con pena pri- dispensa de no haber votado otorgada
vativa de la libertad no menor de dos años
aquél que haga propaganda electoral, cual- por el Jurado Nacional de Elecciones,
quiera que sea el medio empleado, en las a fin de identificar a quienes intentan
LOE horas en que está suspendida; o aquél que realizar actos que requieran tal pre-
atenta contra la ley, las buenas costumbres, sentación sin hacerla.
o agravia en su honor a un candidato o a un CONCORDANCIA:
partido. Ley N.º 26497, Artículo 29.
CONCORDANCIA: Artículo 391°.- Sufre la pena de multa cuyo
Ley N.º 26859, artículos 190, 191, y 349. importe no es menor del veinticinco por
Artículo 390°.- Son reprimidos con pena ciento del ingreso mínimo vital, con una
privativa de la libertad no mayor de seis duración de sesenta días, multa de confor-
meses y pena de multa no menor del diez midad con los artículos 41 al 44 del Código
Penal, y la pena accesoria de inhabilitación,
prevista en los incisos 1), 2), 3), 4) y 8) del
plicado por treinta días de multa más pena Artículo 36 del Código Penal por el tiempo
accesoria de inhabilitación por igual tiempo de la pena principal, el ciudadano que in-
que el de la condena, de conformidad con justificadamente se abstenga de integrar un
los incisos 1), 2), 3), 4) y 8) del Artículo 36 Jurado Electoral.
del Código Penal:
a) Aquellos que hagan funcionar estable- Artículo 392°.- Sufre pena de multa cuyo
importe no es menor del cincuenta por cien-
cimientos destinados exclusivamente to del ingreso mínimo vital, con una dura-
a expendio de bebidas alcohólicas, o ción de quince días, de conformidad con los

