Page 247 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
P. 247

LEY N.° 27863 - LEY DE ELECCIONES REGIONALES

          Artículo 14°.- Impedimentos para postular  (*)  De conformidad con el Resolutivo 1 de la Resolu-
          No pueden ser candidatos en las elecciones   ción N.° 0918-2021-JNE, publicada el 26 noviem-
                                            bre 2021, se dispone que los altos funcionarios
          de gobiernos regionales los siguientes ciu-  señalados en el presente numeral, que presenten su
          dadanos:                          renuncia con el propósito de participar como candi-
          1.   El Presidente y los vicepresidentes de   datos en las Elecciones Regionales 2022, procedan
                                            conforme se señala en el citado resolutivo.
              la República ni los congresistas de la
              República.                    4.   Salvo que soliciten licencia sin goce de
             g)  El superintendente de Banca, Se- COPIA
          2.   Salvo que renuncien de manera irrevo-  haber ciento veinte (120) días antes de
                                               la fecha de elecciones:
              cable ciento ochenta (180) días antes
              de la fecha de elecciones, los alcaldes   e)   Los  presidentes  y  vicepresidentes
              que deseen postular al cargo de presi-  regionales  que  deseen  postular  a
              dente regional.                     cualquier cargo de elección regional.
          3.   Salvo que renuncien de manera irrevo-  f)   Los alcaldes que deseen postular
              cable ciento ochenta (180) días antes   al cargo de vicepresidente o con-
              de la fecha de las elecciones:      sejero regional.
             a)   Los  ministros  y  viceministros  de   g)  Los regidores que deseen postular
                 Estado.                          al cargo de presidente, vicepresi-
             b)  Los magistrados del Poder Judi-  dente o consejero regional.
                 cial,  del  Ministerio  Público  y  del   h)  Los  gerentes  regionales,  direc-
                 Tribunal Constitucional.         tores regionales sectoriales y los
                                                  gerentes generales municipales.
             c)   El Contralor General de  la  Repú-                         247
                 blica.                        i)   Los gobernadores y tenientes go-
                                                           (*)
             d)  Los miembros del Consejo Nacio-  bernadores.
                                             De conformidad con el Resolutivo 4 de la Resolu-
                 nal de la Magistratura.    (*) ción N.° 0918-2021-JNE, publicada el 26 noviem-
             e)   Los miembros del Jurado Nacio-  bre 2021, se dispone que los funcionarios señala-
                 nal de Elecciones, el jefe de la Ofi-  dos en los literales d y e del presente numeral, que
                 cina Nacional de Procesos Electo-  soliciten licencia sin goce de haber con el propósito
                 rales (ONPE) y el jefe del Registro   de participar como candidatos  en las Elecciones
                                            Regionales 2022, procedan conforme se señala en
                 Nacional de Identificación y Esta-  citado resolutivo.
                 do Civil (Reniec).         5.   También están impedidos de ser can-
             f)   El  Defensor  del  Pueblo  y  el  pre-  didatos:               LER
                 sidente del Banco Central de Re-
                 serva.                        f)   Los miembros de las Fuerzas Ar-
                                                  madas y de la Policía Nacional del
                                                  Perú mientras no hayan pasado a
                 guros y Administradoras Privadas   situación de retiro, conforme a Ley.
                 de Fondos de Pensiones.
             h)  El  Superintendente  de  Adminis-  g)  Los  funcionarios  públicos  que
                                                  administran  o  manejan  fondos
                 tración Tributaria (Sunat).      del  Estado  y  los  funcionarios  de
             i)   Los titulares y miembros directi-  empresas  del  Estado  si  no  soli-
                 vos  de  los  organismos  públicos   citan  licencia  sin  goce  de  haber
                 y directores de las empresas del   treinta  (30)  días  naturales  antes
                 Estado. (*)                      de la elección, la misma que debe
   242   243   244   245   246   247   248   249   250   251   252