Page 251 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY DE ELECCIONES MUNICIPALES

                                     LEY N.° 26864
                             (Publicada el 14 de octubre de 1997)
                      TÍTULO I              las que se llevan a cabo el primer domingo
              DISPOSICIONES GENERALES       del mes de octubre del año en que finaliza
          Artículo 1°.- Finalidad           el mandato de las autoridades municipales.
          La presente ley norma las elecciones muni-  Texto  modificado  por  el  Artículo  4°  de  la  Ley  N.°
                                            30673, publicada el 20-10-2017.
          cipales, en concordancia con la Constitución
          Política del Perú, la Ley Orgánica de Eleccio-  CONCORDANCIA:
          nes y la Ley de Elecciones Regionales.  Constitución Política del Perú, Artículo 118, inciso 5.
                                            Ley N.° 26859, artículos 80, 81 y 82.
          En  las  elecciones  municipales  se  eligen
          alcaldes y regidores de los concejos muni-  Artículo 4°.- La convocatoria a Elecciones
          cipales provinciales y distritales en toda la   Municipales  Complementarias  se  efectúa
          República.                        dentro  de  los  noventa  (90)  días  naturales
          Las  elecciones  municipales  se  realizan   siguientes a la instalación de los Concejos
                                            Municipales y se realizan el primer domingo
          cada cuatro (4) años.             del mes de julio del año en que se inicia el
          Texto  modificado  por  el  Artículo  1°  de  la  Ley  N.°   mandato  legal  de  las  autoridades  munici-
          27734, publicada el 28-05-2002.   pales.
          CONCORDANCIAS:  COPIA
                                            Artículo 5°.- Si el Presidente de la República
          Constitución Política del Perú, artículos 31, 35, 191,   no convocara a Elecciones Municipales o a   251
          Decimosegunda Disposición Final y Transitoria.  Elecciones  Municipales  Complementarias
          Ley N.° 26859, artículos 1, 2 y 3.
          Ley N.° 27972, artículos 5 y 6.   dentro de los plazos establecidos en la pre-
                                            sente ley, la convocatoria es efectuada por
          Artículo 2°.- Para la elección de los Conce-  el presidente del Congreso de la República
          jos  Municipales  Provinciales  cada  provin-  dentro  de  los  quince  (15)  días  naturales
          cia constituye un distrito electoral. Para la   siguientes  al  vencimiento  de  dichos  pla-
          elección de los Concejos Municipales Dis-  zos. Mientras se realiza la segunda vuelta
          tritales cada distrito constituye un distrito   electoral o las elecciones complementarias,
          electoral.                        continúan en sus cargos los alcaldes y regi-
          CONCORDANCIA:                     dores en funciones.
          Constitución Política del Perú, artículos 5 y 7.  CONCORDANCIA:
          Ley N.° 26859, artículos 13, 14 y 15.                                  LEM
                                            Constitución Política del Perú, artículos 113 y 117.
                      TÍTULO II                        TÍTULO III
                DE LA CONVOCATORIA               DE LAS INSCRIPCIONES Y
          Artículo 3°.- Convocatoria y fecha de las   CANDIDATOS
          elecciones                        Artículo 6°.- Para ser elegido Alcalde o Re-
          El  Presidente  de  la  República  convoca  a   gidor se requiere:
          elecciones  municipales  con  una  anticipa-
          ción no menor de doscientos setenta (270)   1.   Ser ciudadano en ejercicio y tener Do-
          días calendario a la fecha de las elecciones,   cumento Nacional de Identidad.
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