Page 256 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
P. 256
COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022
dario siguientes a la publicación de la resolu- participan en la elección como si integrasen
ción. El Jurado Electoral Especial concede la una lista completa. Tampoco se puede inva-
apelación el mismo día de su interposición y lidar las inscripciones por muerte o renun-
remite al siguiente día el expediente al Jura- cia de alguno de sus integrantes.
do Nacional de Elecciones, el cual la resuelve Mediante Oficio N.° 000593-2019-SG-ONPE, de
dentro de los tres (3) días calendario de su fecha 19 de marzo de 2019, enviado por la Ofici-
recepción, comunicando su resolución inme- na de Secretaría General de la Oficina Nacional de
COPIA
diatamente al Jurado Electoral Especial, para Procesos Electorales, se indica que el extremo del
que le dé publicidad. presente artículo referido a la inscripción de listas
independientes, ha sido derogado tácitamente tras
Texto modificado por el Artículo 4° de la Ley N.° la entrada en vigencia de la Ley N.° 28094, Ley de
30673, publicada el 20-10-2017. Organizaciones Políticas; la cual ha supuesto la eli-
CONCORDANCIAS: minación de las candidaturas independientes (sin
organización política).
Ley N.° 26486, artículos 5, literal t, y 36, literal f.
Ley N.° 26859, artículos 110 y 120. CONCORDANCIA:
Artículo 18°.- Las tachas contra las listas Ley N.° 26859, Artículo 123.
de candidatos o cualquier candidato a al- Artículo 19-A°.- Retiro de listas de candi-
calde o regidor de los Concejos Municipales datos y renuncia de candidatos
Provinciales y de los Concejos Distritales Las organizaciones políticas pueden solici-
del Área Metropolitana de Lima son resuel- tar ante el Jurado Electoral Especial compe-
tas por los Jurados Electorales Especiales tente, el retiro de la lista de candidatos que
conforme al artículo precedente. hubiesen presentado, hasta sesenta (60)
días calendario antes del día de la elección.
256 La resolución del Jurado Electoral Especial,
que declara fundada o infundada la tacha, Los candidatos pueden renunciar a su can-
puede apelarse ante el Jurado Nacional de didatura ante el Jurado Electoral Especial
Elecciones dentro de los tres (3) días calen- competente, hasta sesenta (60) días calen-
dario antes del día de la elección
dario siguientes a la publicación de la reso-
lución. El Jurado Electoral Especial concede Artículo incorporado por el Artículo 7° de la Ley N.°
la apelación el mismo día de su interposi- 30673, publicada el 20-10-2017.
ción y remite al siguiente día el expediente CONCORDANCIA:
al Jurado Nacional de Elecciones, el cual la Ley N.° 26859, artículos 110-A y 123-A.
resuelve dentro de los tres (3) días calenda- Artículo 20°.- Resueltas las tachas y eje-
rio de su recepción, comunicando su reso- cutadas las resoluciones, cada Jurado
lución inmediatamente al Jurado Electoral Electoral Especial entrega a la Oficina Des-
LEM Especial, para que le dé publicidad. centralizada de Procesos Electorales co-
Texto modificado por el Artículo 4° de la Ley N.° rrespondiente las listas que hayan quedado
30673, publicada el 20-10-2017. aptas para intervenir en las elecciones den-
CONCORDANCIAS: tro del ámbito de su circunscripción.
Ley N.° 26486, artículos 5, literal t. Las tachas contra las listas o candidatos,
Ley N.° 26859, artículos 110 y 120. así como los procedimientos de exclusión
Artículo 19°.- La tacha que se declare fun- contra estos, se resuelven, bajo responsa-
dada respecto de uno o más candidatos bilidad, hasta treinta (30) días calendario
de un Partido Político, Alianza de Partidos antes de la elección correspondiente, sin
o Lista Independiente no invalida la ins- perjuicio de lo dispuesto en los artículos 33
cripción de los demás candidatos quienes y 35 de la Constitución Política.

