Page 257 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 26864 - LEY DE ELECCIONES MUNICIPALES
Texto modificado por el Artículo 4° de la Ley N.° diente y, especialmente, dentro de la Cá-
30673, publicada el 20-10-2017. mara Secreta, bajo responsabilidad de los
CONCORDANCIA: Coordinadores Electorales en cada local de
Ley N.° 26859, Artículo 123. votación y de los miembros de la Mesa de
Ley N.° 28094, Artículo 23.5. Sufragio. Cualquier elector puede reclamar
Artículo 21°.- La Oficina Descentralizada de al presidente de Mesa por la ausencia del
Procesos Electorales manda imprimir dos referido cartel.
CONCORDANCIA:COPIA
tipos de carteles: CONCORDANCIA:
1. Uno, con el nombre de la provincia y de Ley N.° 26859, artículos 170 y 256.
los Partidos Políticos, Alianza de Parti- Ley N.° 26487, Artículo 27, literal ñ.
dos y Listas Independientes que postu-
lan al Consejo Provincial indicando su TÍTULO IV
símbolo y la relación de todos los can- DEL CÓMPUTO Y PROCLAMACIÓN
didatos. Este cartel debe fijarse en si- Artículo 23°.- Cómputo y proclamación del
tios visibles de la capital de la provincia. Alcalde
2. Otro para cada distrito de la provincia El presidente del Jurado Electoral Especial
que, además de incluir los datos refe- correspondiente proclama alcalde al ciu-
ridos en el numeral precedente, debe dadano de la lista que obtenga la votación
indicar los nombres de los Partidos más alta.
Políticos, Alianza de Partidos y Listas
Independientes que postulan al Con- Texto modificado el Artículo 1° de la Ley N.° 27734,
publicada el 28-05-2002.
sejo Distrital correspondiente, el sím- 257
bolo de cada uno de ellas y la relación CONCORDANCIA:
de todos los candidatos. Este cartel Ley N.° 26859, Artículo 232.
debe fijarse en sitios visibles de cada Ley N.° 26486, artículos 5, literal i, y 36, literal h).
distrito. Artículo 24°.- El número de regidores a ele-
girse en cada Concejo Municipal es deter-
Mediante Oficio N.° 000593-2019-SG-ONPE, de minado por el Jurado Nacional de Eleccio-
fecha 19 de marzo de 2019, enviado por la Ofici-
na de Secretaría General de la Oficina Nacional de nes en proporción a su población. En ningún
Procesos Electorales, se indica que el extremo del caso será inferior a cinco (5) ni mayor de
presente artículo referido a la inscripción de Listas quince (15). Se exceptúa al Concejo Provin-
Independientes, ha sido derogado tácitamente tras cial de Lima que tendrá treinta y nueve (39)
la entrada en vigencia de la Ley N.° 28094, Ley de regidores.
Organizaciones Políticas; la cual ha supuesto la eli-
minación de las candidaturas independientes (sin CONCORDANCIA:
organización política). LEM
Ley N.° 27972, Artículo 5.
Artículo 25°.- Elección de Regidores del
Ley N.° 26859, artículos 122, 169, 206 y siguientes.
Ley N.° 26487, Artículo 5, literal b. Concejo Municipal
Artículo 22°.- La Oficina Descentralizada de Los Regidores de cada Concejo Municipal
Procesos Electorales cuida que los carteles son elegidos por sufragio directo para un
referidos en el artículo precedente tengan período de cuatro (4) años, en forma con-
la mayor difusión posible y que se fijen el junta con la elección del Alcalde.
día de las elecciones en un lugar visible del La elección se sujeta a las siguientes reglas:
local donde funciones la mesa correspon- 1) La votación es por lista.

