Page 72 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
P. 72

COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022

              Órgano de control:            Artículo 11°.- Los miembros del Pleno del
              Oficina de Control Interno y Auditoría.  Jurado Nacional de Elecciones serán elegi-
                                            dos por las instituciones mencionadas en el
              Órganos de Asesoramiento y de Apoyo.  artículo 10 de la presente ley, mediante voto
          b.)  Órganos temporales:          secreto,  directo  y  universal  de  sus  miem-
              Jurados Electorales Especiales   bros y por mayoría simple.
                                            En  la  misma  oportunidad,  dichas  institu-
                       COPIA
                     CAPÍTULO I             ciones  elegirán  a  dos  miembros  suplentes,
              De los órganos permanentes    quienes  reemplazarán,  sucesivamente,  al
    LOJNE  Artículo 9°.- El Pleno es la máxima autori-  miembro titular en caso de muerte o incapa-
                                            cidad permanente o temporal, mientras dure
          dad del Jurado Nacional de Elecciones. Es
          un órgano colegiado compuesto por cinco   esta,  impedimento  sobreviniente  o  cuando
                                            haya vencido el plazo de su mandato sin que
          miembros, designados conforme a las dis-  las instituciones involucradas hayan elegido
          posiciones de la presente ley y al Artículo   a su reemplazante, conforme a lo señalado
          179  de  la  Constitución  Política  del  Perú.   en el artículo 17 de la presente ley. (*)
          Tiene su sede en la capital de la República y
                                             Artículo modificado por el Artículo Único de la Ley
          competencia a nivel nacional.     (*) N.° 31196, publicada el 15 mayo 2021.
          Artículo 10°.-  Los miembros del Pleno del   CONCORDANCIA:
          Jurado Nacional de Elecciones son elegidos:  Ley N.° 26304, publicada el 5-5-94, Artículo 7.
          a.   Uno, mediante votación secreta por la
              Corte Suprema de la República, entre   Artículo  12°.-  Se  encuentran  impedidos
     72       sus magistrados jubilados o en activi-  de integrar el Pleno del Jurado Nacional de
              dad. En este segundo caso, se concede   Elecciones:
              licencia al elegido;          a.   Los  menores  de  cuarenta  y  cinco  y
          b.   Uno, en votación secreta por la Junta   mayores de setenta años de edad;
              de Fiscales Supremos, entre los Fisca-  b.   Los  candidatos  a  cargos  de  elección
              les Supremos jubilados o en actividad.   popular;
              En este segundo caso, se concede li-  c.   Los  ciudadanos  que  pertenecen  for-
              cencia al elegido;               malmente o hayan pertenecido en los
          c.   Uno, en votación secreta por el Cole-  últimos cuatro (4) años a una organi-
              gio  de  Abogados  de  Lima,  entre  sus   zación política, que desempeñen car-
              miembros;                        gos  directivos  con  carácter  nacional
          d.   Uno,  en  votación  secreta  por  los  de-  en las organizaciones políticas o que
              canos de las facultades de derecho de   los  han  desempeñado  en  los  cuatro
              las  universidades  públicas,  entre  sus   (4) años anteriores a su postulación, o
              ex-decanos;                      que hayan sido candidatos a cargos de
                                               elección popular en los últimos cuatro
          e.   Uno,  en  votación  secreta  por  los  de-  (4) años;
              canos de las facultades de derecho de
              las  universidades  privadas,  entre  sus   d.   Los miembros de la fuerza armada y
              ex-decanos.                      policía nacional que se hallen en ser-
                                               vicio activo.
          CONCORDANCIAS:                    CONCORDANCIA:
          Constitución Política del Perú, Artículo 179.
          Ley N.°26304, publicada el 5-5-94, artículos 3, 4 y 5.  Ley N.° 26859, Artículo 383.
   67   68   69   70   71   72   73   74   75   76   77