Page 75 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.º 26486 - LEY ORGÁNICA DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

          Artículo 26°.-  Los  trabajadores  del  Jurado   fico. Se instalan dentro de los treinta (30)
          Nacional  de  Elecciones  estarán  sujetos  al   días siguientes a la convocatoria de un pro-
          régimen laboral de la actividad privada. Los   ceso electoral.
          puestos de trabajo, sean permanentes o tem-  Texto modificado por la Única Disposición Comple-
          porales, serán cubiertos por concurso público,   mentaria Modificatoria de la Ley N.º 30998, publi-
          salvo los calificados de confianza, conforme a   cada el 27-08-2019.
          las leyes vigentes, que no excederán del 10%   CONCORDANCIA:
          miembros y relaciones de los órganos que  COPIA
          del total respectivo de trabajadores.  Ley N.° 26859, artículos 44 y 304.
          Los trabajadores estarán afectos a las in-  Ley N.° 28094, Única Disposición Complementaria
          compatibilidades previstas en los incisos b)   Modificatoria de la Ley N.° 30998.  LOJNE
          y c) del Artículo 12 de la presente ley.  Artículo 32°.- El Jurado Nacional de Elec-
          Artículo 27°.- El Jurado Nacional de Elec-  ciones  define  las  circunscripciones  sobre
                                            las  cuales  se  convocarán  jurados  electo-
          ciones  contará  con  un  secretario  general   rales especiales y sus respectivas sedes y
          quien  deberá  ser  abogado.  En  el  ejercicio   notifica a las instituciones indicadas en el
          de sus funciones coadyuva en las labores   artículo siguiente a fin de que designen a
          jurisdiccionales del Jurado, actúa como fe-  sus  representantes.  Las  circunscripciones
          datario de los acuerdos adoptados y tiene   electorales y sus respectivas sedes podrán
          a su cargo la agenda del Pleno del Jurado.  ser modificadas por razones técnicas, a so-
          El secretario general concurre a las sesio-  licitud de la Oficina Nacional de Procesos
          nes de deliberación, pero carece del dere-  Electorales.
          cho a voto.                       Texto modificado por la Única Disposición Comple-
          Artículo 28°.- La Oficina de Control Inter-  mentaria Modificatoria de la Ley N.º 30998, publi-  75
                                            cada el 27-08-2019.
          no y Auditoría estará a cargo de fiscalizar
          la  gestión  administrativa  de  los  funciona-  CONCORDANCIAS:
          rios  del  Jurado  Nacional  de  Elecciones  y   Ley N.° 26487, Artículo 24.
          supervigilar  el  desempeño  administrativo   Ley N.° 26859, Artículo 13.
          para asegurar el estricto cumplimiento de la   Artículo 33°.- Los Jurados Electorales Es-
          normatividad vigente.             peciales están constituidos por tres miem-
          Artículo 29°.- El Jurado Nacional de Elec-  bros:
          ciones, mediante resolución interna, deter-  a)   Un  Juez  Superior  Titular  en  ejercicio
          minará los órganos de asesoramiento y de   de la Corte Superior bajo cuya circuns-
          apoyo con que ha de contar.          cripción se encuentra la sede del Jura-
          Artículo 30°.-  El  desarrollo  de  las  fun-  do Electoral Especial, quien lo preside.
                                               Simultáneamente, la misma Corte Su-
          ciones,  composición,  designación  de  sus   perior designa a su suplente.
          integran el Jurado Nacional de Elecciones   Los  Jurados  Electorales  Especiales
          son delimitados en el Reglamento de Orga-  ubicados en capitales de departamen-
          nización y Funciones.                to,  así  como  en  la  Provincia  Consti-
                                               tucional  del  Callao,  deberán  ser  pre-
                     CAPÍTULO II               sididos  necesariamente  por  Jueces
               De los órganos temporales       Superiores Titulares en ejercicio; salvo
          Artículo 31°.- Los Jurados Electorales Es-  en aquellos Distritos Judiciales que no
          peciales son órganos de carácter temporal   cuenten con Jueces Superiores Titula-
          creados para un proceso electoral especí-  res o se encuentren cubriendo cargos
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