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COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022
Cuarta Disposición Transitoria.- Au- fecha de acogerse al programa de reti-
torízase al Jurado Nacional de Elecciones ro voluntario.
a disponer las medidas administrativas y Dentro de diez (10) días hábiles si-
de personal que fueren necesarias para su guientes a la publicación de la presen-
adecuación a lo dispuesto en la Constitu- te ley, los trabajadores podrán aco-
ción y en la presente ley, por un período que gerse al programa de retiro voluntario
no excederá de sesenta (60) días calendario presentando sus respectivas renun-
COPIA
de la entrada en vigencia de la presente ley. cias al Jurado Nacional de Elecciones,
Jurado Nacional de Elecciones podrá apli- el mismo que se reservará el derecho
LOJNE car un programa de reducción de personal de denegarlas.
basado en:
1. Programa de retiro voluntario con in- Los trabajadores que se retiren volun-
tariamente, gozando de incentivos,
centivos, que estará sujeto a las siguientes no podrán reingresar a laborar en la
normas: administración pública bajo cualquier
a. Para los trabajadores no sujetos al forma o modalidad de contratación o
régimen de pensiones del Decreto Ley régimen legal, en un plazo de cinco (5)
N.º 20530; años contados a partir de la fecha de
Cuatro (4) ingresos totales mensuales, su cese.
si el funcionario o trabajador tiene una 2. El Jurado Nacional de Elecciones eje-
antigüedad mayor de un (1) año y has- cutará un programa de calificación, capa-
ta cinco (5) años; citación, evaluación y elección, que estará
80 Ocho (8) ingresos totales mensuales si sujeto a las siguientes normas:
el trabajador tiene una antigüedad ma- Vencido el plazo para la presentación
yor de cinco (5) y hasta diez (10) años; de renuncias voluntarias, el Jurado
Diez (10) ingresos totales mensuales Nacional de Elecciones ejecutará un
si el trabajador tiene una antigüedad programa de precalificación, evalua-
mayor de diez (10) y hasta quince (15) ción integral y colección de personal.
años; Concluido ese programa, los trabaja-
Doce (12) ingresos totales mensuales dores que no aprueben los exámenes
si el trabajador tiene una antigüedad establecidos, así como aquellos que
mayor de quince ( 15) años. decidan no presentarse a aquellos,
b. Para los trabajadores sujetos al régi- serán cesados por causal de reorga-
men de pensiones establecido por el nización y adecuación y sólo tendrán
Decreto Ley N.º 20530. derecho a percibir la compensación
por tiempo de servicios y demás be-
Reconocimiento de tres (3) años de neficios que corresponda, de acuerdo
servicios adicionales. a ley.
Este beneficio no podrá ser utilizado Los trabajadores que continúen labo-
para solicitar la incorporación en el ré- rando luego de culminado el proceso
gimen del Decreto Ley N.º 20530. de racionalización, quedarán automá-
El ingreso total mensual a que se re- ticamente incorporados a las dispo-
fiere el presente inciso es aquel que le siciones de la Ley N.º 4916 y demás
corresponde percibir al trabajador a la normas modificatorias y conexas.

