Page 83 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
P. 83
LEY ORGÁNICA DE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
LEY N.º 26487
(Publicada el 21 de ju3nio de 1995)
TÍTULO I Artículo 4°.- La Oficina Nacional de Pro-
DISPOSICIONES GENERALES cesos Electorales tiene su domicilio legal y
de conformidad con lo establecido por el COPIA
sede central en la capital de la República.
Artículo 1°.- La Oficina Nacional de Proce-
sos Electorales es la autoridad máxima en TÍTULO II
la organización y ejecución de los procesos DE LAS FUNCIONES
electorales, de referéndum u otras consul-
tas populares. Es un organismo autónomo Artículo 5°.- Son funciones de la Oficina
Nacional de Procesos Electorales:
que cuenta con personería jurídica de dere- LOONPE
cho público interno y goza de atribuciones a) Organizar todos los procesos electo-
en materia técnica administrativa, econó- rales, del referéndum y otras consultas
mica y financiera. populares.
CONCORDANCIAS: b) Diseñar la cédula de sufragio, actas
Constitución Política del Perú, Artículo 182, 2do electorales, formatos y todo otro ma-
párrafo. terial en general, de manera que se
Artículo 2°.- La Oficina Nacional de Pro- asegure el respeto de la voluntad del
ciudadano en la realización de los pro-
cesos Electorales tiene como función esen- cesos a su cargo.
cial velar por la obtención de la fiel y libre 83
expresión de la voluntad popular, manifes- c) Planificar, preparar y ejecutar todas las
tada a través de los procesos electorales, de acciones necesarias para el desarrollo
referéndum y otros tipos de consulta popu- de los procesos a su cargo en cum-
lar a su cargo. plimiento estricto de la normatividad
vigente.
CONCORDANCIA: d) Preparar y distribuir a las Oficinas Des-
Ley N.° 26859, Artículo 301. centralizadas de Procesos Electorales
Artículo 3°.- La Oficina Nacional de Pro- el material necesario para el desarrollo
cesos Electorales, conjuntamente con el de los procesos a su cargo.
Jurado Nacional de Elecciones y el Registro e) Brindar, desde el inicio del escruti-
Nacional de Identificación y Estado Civil, nio, permanente información sobre el
conforman el Sistema Electoral peruano, cómputo en las mesas de sufragio y
Oficinas Descentralizadas de Proce-
Artículo 177 de la Constitución Política del sos Electorales a nivel nacional.
Perú. Mantiene permanentes relaciones
de coordinación con dichas entidades, de f) Dictar las instrucciones y disposicio-
acuerdo a sus atribuciones. nes necesarias para el mantenimiento
del orden y la protección de la libertad
CONCORDANCIAS: personal durante los comicios.
Ley N.° 26859, Artículo I. CONCORDANCIAS:
Ley N.° 26486, Artículo 3.
Ley N.° 26497, Artículo 3. Constitución, Artículo 186.
Ley N.° 26859, artículos 40 y 348.

