Page 217 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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212 RODRÍGUEZ MONDRAGÓN / CÁRDENAS GONZÁLEZ DE COSÍO
directamente al contexto social y cultural del lugar en el que ocurren. Igual-
mente, resultaría complejo afirmar que un determinado acto de violencia
en contra de una mujer está vinculado a la resistencia a la intervención de
las mujeres en la vida pública, o bien si la conducta violenta se explica en
atención a otras dinámicas sociales.
Aun cuando se tomara en cuenta la postura de Piscopo sobre el concep-
to de violencia política de género, sigue siendo fundamental considerar que
el acto de violencia se dirige a las mujeres en razón de su género y que la
violencia tiene un mayor impacto en las mujeres, o les afecta de manera des-
proporcionada. No obstante, en ocasiones resulta complicado determinar si
un acto de violencia se dirige a una mujer por el simple hecho de ser mujer
(por ejemplo, en los casos donde se debe distinguir entre un homicidio y un
feminicidio), o si el motivo de la agresión está vinculado a otros factores,
como la ideología de la víctima o su postura acerca de determinadas políti-
cas, por mencionar sólo algunos.
2. Concepto normativo 1 copia
A diferencia del concepto doctrinal, el concepto normativo tiene su pro-
pia complejidad, pues exige precisar todos aquellos elementos que permitan
activar la reacción y protección del Estado; es decir, requiere de una estruc-
tura normativa que informe sobre las autoridades competentes, los sujetos
activos (los que pueden cometer la falta), los sujetos pasivos (los que pueden
recibir la agresión), los procedimientos y las responsabilidades, entre otros.
A través de la reglamentación sobre la violencia política de género se ha
empezado a construir un marco normativo que, tanto a nivel nacional como
internacional, permite visibilizar el problema y atenderlo.
Los instrumentos normativos internacionales (Convención de Belém
do Pará, artículo 4o., inciso j; CDPM, artículos II y III; CEDAW, artículo
7o., inciso a) han establecido, a partir del derecho a la igualdad y los dere-
chos político-electorales de las mujeres, una serie de principios y acuerdos
generales que sirven de referencia conceptual y legal para el desarrollo
de la legislación sobre el tema en otros países. Algunos de esos principios
son: i) la obligación de los Estados a tomar las “medidas apropiadas para
eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del
1 Este apartado, a diferencia del anterior, discute la construcción del concepto de violen-
cia política de género a partir de instrumentos normativos, incluyendo tratados internaciona-
les, leyes y el protocolo que es abordado en este apartado.
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