Page 297 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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                razones de género, tarea para la cual México ha logrado un importante
                aporte a través del ya referido Protocolo para Atender la Violencia Políti-

                ca   contra las Mujeres.
                   A pesar de   la Declaración sobre la Violencia y el Acoso Político con-

                tra las Mujeres y a los esfuerzos de los Estados parte en este   tema, aún la
                identificación y tratamiento de la figura resulta difusa. De cualquier modo,
                   la misma declaración advierte que las mujeres viven en un contexto de




                desigualdad y discriminación que hace difícil el acceso y ejercicio de sus
                                    copia
                derechos políticos, por lo cual su abordaje se debe dar de manera integral
                y se debe asegurar una plataforma igualitaria entre mujeres y hombres en
                todas las instituciones estatales y organizaciones políticas, así   como garan-
                tizar las condiciones para una vida libre sin discriminación y violencia en
                                vida política.
                los espacios de la
                   Las organizaciones civiles y las instituciones públicas peruanas están
                realizando importantes esfuerzos para visibilizar el fenómeno, reconocido
                con el término “acoso político”, antes que “violencia política”. Esto suce-
                de por dos razones principales, según las declaraciones de miembros de
                las diferentes instituciones con las que trabaja el PMIC y la DNEF. Pri-
                mero, debido a que se decidió priorizar el enfoque de derechos centrados
                en la participación política de las mujeres, con una referencia directa a lo
                realizado por Bolivia, según se ha consensuado entre las organizaciones
                civiles y la Renama, y, segundo, porque en Perú el término “violencia
                política” ha sido vinculado al periodo de conflicto armado interno. Por
                consiguiente, al emplearse “acoso político” se busca una mejor distinción
                en los términos.
                   Debe resaltarse, entonces, que la   asunción del término proviene princi-
                palmente de las organizaciones de la sociedad civil y de las autoridades con-
                gregadas en la Renama, y la adopción del término se hace evidente como en
                el proyecto de
                            ley. Más aún, la definición utilizada detrás de la encuesta ana-
                lizada en este capítulo fue enmarcada bajo dicho término y bajo el concepto






                recogido   por el proyecto de Ley contra el Acoso Político hacia las Mujeres,



                definido   en el artículo 3o. como
                    el acto o conjunto de actos realizados con la finalidad o resultado de limitar,
                    anular, atentar, restringir, contrarrestar o menoscabar el ejercicio de los de-
                    rechos políticos de las mujeres autoridades, electas, candidatas o represen-
                    tantes, comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente ley, en las




                                       l

                    facultades inherentes a     a naturaleza del cargo o candidatura que detentan.
                    DR © 2017. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México,
                                    Tribunal Electoral de la Ciudad de México
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