Page 292 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
P. 292
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
www.juridicas.unam.mx Libro completo en:
http://biblio.juridicas.unam.mx/bjv https://goo.gl/5s3tec
EL ACOSO POLÍTICO HACIA LAS CANDIDATAS EN EL PROCESO... 289
Este protocolo desarrolla de manera analítica la noción de violencia po-
lítica contra las mujeres, al estructurar algunos elementos de género y al defi-
nir más claramente a las víctimas y a los agresores. Todo ello con el objetivo
de “generar una adecuada coordinación entre las instituciones responsables”
(TEPJF, 2016: 16). De esto se tienen particularidades como la inclusión de la
tolerancia a modo de acto de violencia política, la vulneración del ejercicio
de los derechos políticos de las mujeres y la afectación de las prerrogativas
inherentes a un cargo público como resultado de estos actos de violencia.
copia
La incorporación del tema al ámbito legislativo mexicano se produjo
en 2013, a través de una propuesta de reforma a la Ley General del Ac-
ceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), hecho que enmarcó
la figura legalmente en los procesos electorales y en el ejercicio de la re-
presentación política; sin embargo, como sostiene Cerva (2014), el tema
había empezado a cobrar importancia desde el 2010, a raíz de los infor-
mes de la
Acobol.
Sea cual sea el caso, da cuenta de una particular manifestación de
protección frente al acoso o a la violencia política en México, en virtud
del peso de la presencia del crimen organizado: la utilidad práctica que
ha demostrado tener, durante la campaña electoral, el acompañamiento
a la candidata de un líder del respectivo partido político, asumiendo este
hecho como un respaldo efectivo a su participación. En tal lógica, postular
mujeres en zonas con altos índices de criminalidad y en las que, además,
no existe o se niega dicho apoyo constituiría un acto de violencia política
por razón de género.
Las manifestaciones del objeto de estudio varían según el país del que se
trate, y las vías para su atención dependerán de ello; no obstante, un aspecto
interesante que es común es la sutileza que adquiere el fenómeno cuando las
mujeres van alcanzando mayor notoriedad en el espacio público, principal-
mente porque ocupan cargos de mayor jerarquía dentro de la organización
política o dentro de algún espacio de desempeño político. Otra cuestión de
interés es la utilidad que ha demostrado ofrecer la aplicación de instrumen-
tos de recopilación de información como encuestas y entrevistas, pues de sus
resultados se ha logrado una contribución para seguir delineando la figura
que aquí nos concierne.
En Perú, el acoso político se ha puesto de manifiesto a partir de ciertas
prácticas contra mujeres autoridades, especialmente en el ámbito subna-
cional, y para su identificación se ha tenido como apoyo el marco norma-
tivo internacional, además de la experiencia boliviana. Si bien no existe
una legislación específica al respecto (aunque sí una propuesta legislativa de
DR © 2017. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México,
Tribunal Electoral de la Ciudad de México