Page 291 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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características de las víctimas y los agresores, partiendo de las experiencias
de mujeres autoridades, específicamente concejalas rurales.
Para ello, se partió de los reportes sucesivos de la Asociación de Con-
cejalas de Bolivia (Acobol) y de los posteriores encuentros de mujeres au-
toridades, espacios en los cuales se pudo observar la figura del acoso y de
la violencia política en dicho país. Se entiende así que uno de los elemen-
tos más importantes del documento haya sido el diseño de una estructura
de intervención, desde el marco de la ley existente, lo que implicó además
copia
un protocolo para la atención de estos casos, en el que actores públicos y
privados fueron involucrados.
El aporte de Bolivia ha sido fundamental, no sólo por el significado sim-
bólico de ser el primer —y hasta ahora único— país latinoamericano que
ha aprobado una ley de esta naturaleza, sino también por su visibilización
del fenómeno a raíz de la fortaleza de sus organizaciones de mujeres (que
incluyen a las de mujeres autoridades), mediante lo cual contribuye con la
delineación de su contenido conceptual al, por ejemplo, establecer diferen-
cias entre acoso político y violencia política.
Las aproximaciones en otros países a lo que también se llama “violen-
cia de género en política” han partido de estudios académicos y propuestas
legislativas internas, y siempre desde sus casos nacionales, lo cual ha permi-
tido perfilar conceptualmente aún más la figura. En Costa Rica, Ecuador,
México y Perú se ha reconocido que el acoso político o la violencia política
se suelen hacer visibles en el escenario de la postulación de mujeres a cargos
de elección popular, razón por la que se resalta la aprobación del Protocolo
para Atender la Violencia Política contra las Mujeres (2016), en el marco
del proceso electoral 2015-2016 de México y que ha reflejado el consenso
entre diversas instituciones públicas.
Este protocolo nace de la falta de normativa legal pero también de la
voluntad política de dar atención a los actos de violencia contra las muje-
res en estos específicos campos. En este sentido, se rescata el esfuerzo de
coordinación entre el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
(TEPJF) —de quien partió la iniciativa—, el Instituto Nacional Electo-
ral (INE), la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electora-
les (FEPADE), la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, el Instituto
Nacional de las Mujeres (Inmujeres) y la Fiscalía Especial para los Delitos
de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas; las cuales son insti-
tuciones encargadas de hacer frente al fenómeno con diferentes grados de
responsabilidad.
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Tribunal Electoral de la Ciudad de México