Page 294 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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EL ACOSO POLÍTICO HACIA LAS CANDIDATAS EN EL PROCESO... 291
En similares términos, se encuentra la investigación de Ruiz Bravo y
Córdova Huaytán (2010), una de las primeras realizadas en Perú, que lo-
gra destacar la falta de acompañamiento de la organización política en el
desempeño de las regidoras municipales (electas por su intermedio) como
un problema poco apreciado para el ejercicio político, y que bien podría
constituir una manifestación de acoso político al dar lugar a la marginación
de sus propios compañeros partidarios dentro del concejo municipal (Ruiz
y Córdova, 2010: 5). Aquí la comprobación no es otra que la tergiversación
copia
de la finalidad del establecimiento de la cuota de género por parte de las
organizaciones políticas: incluyen mujeres en sus listas electorales porque
lo exige la norma, pero una vez electas y sin norma que así lo disponga, no
realizan ningún acto que promueva o, al menos, no obstaculice su partici-
pación política.
Finalmente, la Dirección Nacional de Educación y Formación Cívica
Ciudadana del Jurado Nacional de Elecciones, a través del Programa Mujer
e Inclusión Ciudadana, emprendió un estudio enfocado en las candidatas
de las últimas elecciones regionales y municipales, realizadas en 2014. Este
trabajo ha sido el único con una muestra probabilística a nivel subnacional
en virtud de un proceso electoral, pues fue llevado a cabo otro estudio que
abarca un marco más general, en las recientes elecciones generales de 2016,
a través de la encuesta a candidatos al Congreso de la República. 1
La revisión de la literatura señalada permite identificar al menos tres
perspectivas: a) aquella que parte de la violencia contra la mujer; b) la que
toma en consideración a la violencia política genérica (contra hombres y
mujeres), encontrándose la violencia electoral incluida en ella; y c) la que
se enfoca en los actos de violencia por razón de género, en tanto formas
específicas de violencia contra la mujer. Una de las consecuencias de esto
parece ser la continua tarea de identificar los actos que corresponderían con
la figura, los cuales deben producirse —se reitera— por razón de género,
y deben tener algún impacto en el ejercicio de los derechos políticos de la
mujer, pero, no por ello, han de constituir únicamente actos desarrollados
en la esfera política, puesto que, por ejemplo, actos en el ámbito económico
podrían también socavar aquel ejercicio, o incluso otros actos que, pudien-
do cometerse también contra hombres, afectan más y de manera específica
1 Aunque no es éste el espacio para su tratamiento, conviene hacer mención de la ela-
boración de propuestas de rutas de atención para los casos de acoso político durante los dos
citados procesos electorales. Esta iniciativa nacida del PMIC y de la DNEF, implicó su socia-
lización con las áreas competentes de la institución y dio lugar a la capacitación para su
implementación a personal de campo y al personal jurisdiccional que eventualmente debía
resolver las denuncias que fueran presentadas.
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