Page 131 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 26859 - LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES
tes de la fecha de las elecciones. Asimismo, En las elecciones internas o elecciones
los que hayan sido cesados o destituidos primarias, los candidatos postulan de
como consecuencia de inhabilitación dis- forma individual. El conjunto de candi-
puesta por sentencia en proceso penal. datos está integrado por el cincuenta
Texto modificado por el Artículo 2 de la Ley N.º por ciento (50%) de mujeres o de hom-
27376, publicada el 07-12-2000. bres, ubicados intercaladamente de la
Artículo 115°.- Cada partido político o siguiente forma: una mujer un hombre
COPIA
alianza electoral de alcance nacional, ins- o un hombre una mujer. El voto se emi-
crito en el Registro de Organizaciones Po- te a favor de candidato individual.
líticas del Jurado Nacional de Elecciones 2. Lista resultante de las elecciones in-
solo puede inscribir una lista de candidatos ternas o primarias
al Congreso de la República en cada distrito La lista resultante de las elecciones
electoral ante el Jurado Electoral Especial internas o elecciones primarias se or-
correspondiente, equivalente al número de dena según el resultado de la votación
congresistas que se ha previsto elegir en y respetando el cincuenta por ciento
este. En aquellos distritos electorales para (50%) de mujeres o de hombres. Los
los cuales se ha previsto elegir menos de candidatos que obtengan la mayor
tres congresistas, se debe inscribir una lista votación ocupan los primeros luga-
con tres candidatos. res, pero una vez cubierta la cantidad
El candidato que integra una lista inscrita máxima de candidatos de un mismo
no puede figurar en otra. sexo se continúa con el candidato del
El plazo para la presentación de la solicitud sexo opuesto que se requiera para
de inscripción de las listas vence ciento diez cumplir con la cuota mínima. La lista 131
(110) días calendario antes de la fecha de final se ordena intercaladamente de la
las elecciones. siguiente forma: una mujer, un hombre
Corresponde a la Oficina Nacional de Proce- o un hombre, una mujer. LOE
sos Electorales el diseño, impresión y expe- Los candidatos que por cualquier
dición de formatos para reunir las firmas de motivo no puedan integrar la lista fi-
adhesión de los ciudadanos a que se refiere nal, deben ser reemplazados por otro
el inciso b) del artículo 88 de la presente ley. candidato del mismo sexo, para que se
asegure la paridad y alternancia.
Texto modificado por el Artículo 2 de la Ley N.º
30673, publicada el 20 octubre 2017. 3. Lista de candidatos para las eleccio-
CONCORDANCIAS: nes generales
Ley N.º 26487, Artículos 5, literal m. En la lista al Congreso de la República
Ley N.º 26859, Artículo 88. y al Parlamento Andino, para las elec-
Ley N° 28094. ciones generales, se consideran los
resultados de la democracia interna y
LISTAS DE CANDIDATOS se ubican los candidatos en forma in-
Artículo 116°.- Las listas de candidatos al tercalada: una mujer un hombre o un
Congreso de la República y al Parlamento hombre una mujer.
Andino, en elecciones generales, se deter- El criterio de paridad y alternancia de
minan de la siguiente manera: género debe verificarse también sobre
1. Postulación en elecciones internas o el número total de candidatos presen-
primarias tados por cada organización política.

