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COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022
f) Examinar el contenido de las cédulas CAPÍTULO 5
de sufragio leídas. DE LOS PERSONEROS EN LOS CENTROS
g) Formular observaciones o reclamos DE VOTACIÓN
durante el acto de sufragio.
h) Suscribir el acta de sufragio, si así lo Artículo 157°.- Los partidos, agrupaciones
independientes y alianzas pueden nombrar
desean. un personero por cada Centro de Votación,
dispuesto en el artículo anterior. COPIA
i) Suscribir la lista de electores, si así lo hasta siete (7) días antes de la Elección,
desean. sólo en las localidades donde presenten
j) Es derecho principal del personero candidatos. Dicho nombramiento se realiza
ante la Mesa de Sufragio, obtener un ante el Jurado Electoral Especial respectivo.
Acta completa suscrita por los miem-
bros de la mesa. CONCORDANCIA:
Los miembros de la Mesa de Sufragio tienen Ley N.º 27369, Art. 15.
la obligación de permitir el ejercicio de tales Artículo 158°.- Los personeros ante cada
derechos, bajo responsabilidad. Centro de Votación deben estar presentes
Artículo 154°.- Los personeros acreditados desde el inicio de la jornada de sufragio en
ante la Mesa de Sufragio están prohibidos de: dicho Centro de Votación. Son los respon-
sables de coordinar y dirigir las actividades
a) Interrogar a los electores sobre su pre- de sus personeros.
ferencia electoral.
b) Mantener conversación o discutir en- TÍTULO VII
138 tre ellos, con los electores o con los DEL MATERIAL ELECTORAL
miembros de mesa, durante la vota- CAPÍTULO 1
ción.
LOE c) Interrumpir el escrutinio o solicitar la GENERALIDADES
revisión de decisiones adoptadas por Artículo 159°.- La Oficina Nacional de
la Mesa de Sufragio cuando no se en- Procesos Electorales determina las carac-
contraba presente. terísticas de las cédulas de sufragio. Co-
rresponde también a la Oficina Nacional de
Literal c incorporado por el Artículo 16° de la Ley N.º Procesos Electorales disponer lo relaciona-
27369, publicada el 18.11.2000. do con la impresión y distribución de las cé-
Artículo 155°.- Los Miembros de la Mesa de dulas de sufragio, en la forma que considere
Sufragio, por decisión unánime, hacen reti- más conveniente, de acuerdo con los plazos
rar a los personeros que no cumplan con lo y distancias, así como decidir acerca de las
indicaciones ilustrativas que debe llevar la
Artículo 156°.- Los personeros que por cédula para facilitar el voto del elector.
cualquier motivo tuvieran que ausentarse CONCORDANCIAS:
de la mesa de sufragio o fueran excluidos, Constitución Política del Perú, Artículo 182.
pueden ser reemplazados por otro perso- Ley N.º 26487, Artículo 5, literal b.
nero de la misma organización política, Ley N.º 26859, Artículo 165.
previa coordinación con el personero del Artículo 160°.- La Oficina Nacional de Pro-
Centro de Votación y presentación de sus cesos Electorales implementa mecanismos
credenciales. de seguridad eficientes, que garanticen la

