Page 139 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 26859 - LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES

          confiabilidad e intangibilidad de los docu-  Artículo 165°.- La Oficina Nacional de Pro-
          mentos  electorales  y,  en  especial,  de  las   cesos Electorales tiene a su cargo el diseño
          Actas Electorales.                de la cédula de sufragio correspondiente al
          Artículo  161°.-  La  Oficina  Nacional  de   proceso electoral en curso.
          Procesos  Electorales  establece  los  meca-  El diseño y el procedimiento para la ubica-
          nismos para garantizar la disponibilidad de   ción de las candidaturas o símbolos deben
          material de reserva, en casos en que fuera   publicarse y presentarse ante los personeros
                       COPIA
          necesario.                        de las organizaciones políticas y candidatos,
                                            de ser el caso, dentro de los dos (2) días ca-
          Artículo 162°.- El material electoral es de   lendario después del vencimiento del plazo
          propiedad de la Oficina Nacional de Proce-  para la presentación de solicitudes de ins-
          sos Electorales y de uso exclusivo para el   cripción de fórmulas y listas de candidatos.
          proceso electoral. Salvo los casos señala-  La ubicación de las candidaturas o símbolos
          dos en la presente ley, su comercialización   se efectúa mediante sorteo público, en pre-
          y  su  uso  quedan  totalmente  prohibidos,   sencia de los personeros y de notario públi-
          excepto lo previsto en el siguiente artículo.  co, el cual debe realizarse luego de vencido
          Artículo 163°.- La Oficina Nacional de Pro-  el plazo para el retiro de fórmula o lista de
                                            candidatos previsto en la presente ley.
          cesos Electorales debe reutilizar el material
          sobrante de procesos anteriores, en la me-  Texto  modificado  por  el  Artículo  2°  de  la  Ley  N.º
          dida en que resulte más económico y su na-  30673, publicada el 20-10-2017.
          turaleza lo permita. En caso contrario, está   Artículo 166°.- La cédula de votación tiene
          facultada para poner a la venta el sobrante.   las siguientes características en su diseño
          Los fondos que por dicho concepto se ob-  y contenido:             139
          tengan son ingresos propios  de la Oficina   a)   No es menor que las dimensiones del
          Nacional de Procesos Electorales.    formato A5. En caso de segunda elec-
                                               ción, en las elecciones presidenciales   LOE
                     CAPÍTULO 2                o  municipales,  la  cédula  de  sufragio
             DE LAS CÉDULAS DE SUFRAGIO        no es menor que las dimensiones del
          Artículo 164°.- Los partidos, agrupaciones   formato A6.
          independientes o alianzas, al momento de   Literal modificado por el Artículo Único de la Ley N.º
          su  inscripción  ante  el  Jurado  Nacional  de   27228, publicada el 17-12-1999.
          Elecciones, proporcionan el símbolo o figura   b)  Los espacios se distribuyen homogé-
          con el que se identifican durante el proceso   neamente entre los partidos políticos,
          electoral, el cual es materia de aprobación   agrupaciones independientes y alian-
          por dicho organismo.                 zas participantes, de acuerdo con las
          No pueden utilizarse los símbolos de la Pa-  denominaciones  y  símbolos  que  los
          tria, ni tampoco imágenes, figuras o efigies   identifiquen;  y,  en  el  caso  de  listas
          que  correspondan  a  personas  naturales  o   independientes, con el número o letra
          jurídicas, o símbolos o figuras reñidas con   que  les  corresponda.  Dentro  de  cada
          la moral o las buenas costumbres. Tampo-  grupo de símbolos o letras el espacio
          co se pueden proponer símbolos o figuras
          iguales o muy semejantes que induzcan a   de cada uno debe ser el mismo.
          confusión  con  los  presentados  anterior-  c)   Las letras que se impriman para iden-
          mente por otras listas.              tificar  a  los  partidos  políticos,  agru-
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