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COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022
dentro del cuadrado. Seguidamente, depo- custodia del local, para que proceda a su
sita su cédula en el ánfora, firma la Lista de inmediata detención. Da cuenta de este he-
Electores e imprime su huella digital para el cho al Ministerio Público para que formule
debido control del número de votantes y de la denuncia correspondiente.
cédulas contenidas en el ánfora. CONCORDANCIA:
VOTACIÓN DE PERSONAS CON Código Penal, Artículo 438.
DISCAPACIDAD Artículo 267°.- Si se presenta un elector
COPIA
Artículo 263°.- Las personas con discapa- con un Documento Nacional de Identifica-
cidad, a su solicitud, pueden ser acompaña- ción con el mismo número y nombre de otro
das a la cámara secreta por una persona de que ya ha votado, o con el mismo número
aunque con distinto nombre, se procede a
su confianza y, de ser posible, se les propor- comprobar la identidad del elector y, esta-
ciona una cédula especial que les permita blecida ésta, se le recibe el voto. Se le hace
emitir su voto. firmar al final de la Lista de Electores y se
La Oficina Nacional de Procesos Electorales sienta constancia del caso al dorso de la
(ONPE) implementa las medidas y emite las misma Lista. El Documento Nacional de
disposiciones que resulten necesarias para Identificación es retenido por el presidente
facilitar que las personas con discapacidad de la Mesa de Sufragio, quien lo envía al Fis-
emitan su voto en condiciones de accesibi- cal Provincial de turno para que formule la
lidad y de equidad. denuncia correspondiente.
Texto modificado por el Artículo 1° de la Ley N.º IMPUGNACIÓN DE LA IDENTIDAD
29478, publicada el 18-12-2009.
156 Artículo 268°.- Si la identidad de un elec-
CONTROL DEL NÚMERO DE VOTANTES tor es impugnada por algún personero, los
Artículo 264°.- El presidente cuida de que el miembros de la Mesa de Sufragio resuelven
elector, una vez que haya depositado su cé- de inmediato la impugnación.
LOE dula en el ánfora, firme la lista de la mesa para De la resolución de la Mesa de Sufragio pro-
el debido control del número de votantes y del cede apelación ante el Jurado Electoral de
número de cédulas contenidas en el ánfora. la circunscripción.
Artículo 265°.- Artículo derogado por el Ar- CONCORDANCIA:
tículo 2 de la Ley N.º 29688, publicada el 20 Ley N.º 26486, Artículo 36, literal n.
mayo 2011. Artículo 269°.- Interpuesta la apelación,
Artículo 266°.- Si por error de impresión o de se admite que el elector vote y el presiden-
copia de la lista de electores, el nombre del te de la Mesa de Sufragio guarda la cédula
elector no corresponde exactamente al que junto con el Documento Nacional de Iden-
figura en su Documento Nacional de Identi- tificación que aquél hubiera presentado, en
ficación, la mesa admite el voto del elector, sobre especial en el que se toma la impre-
siempre que los otros datos del Documento sión digital y se indica el nombre del elector
(número de inscripción, número del libro de impugnado.
inscripción, grado de instrucción) coincidan
con los de la lista de electores. Cerrado el sobre especial, el presidente de la
Si quien se presenta a votar no es la mis- Mesa de Sufragio hace en éste, de su puño
ma persona que figura en la Lista de Elec- y letra, la siguiente anotación: “Impugnado
tores, el presidente de la Mesa de Sufragio por...”, seguido del nombre del personero
lo comunica a la autoridad encargada de la impugnante e invita a éste a firmar. Acto se-

