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COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022

          dentro del cuadrado. Seguidamente, depo-  custodia  del  local,  para  que  proceda  a  su
          sita su cédula en el ánfora, firma la Lista de   inmediata detención. Da cuenta de este he-
          Electores e imprime su huella digital para el   cho al Ministerio Público para que formule
          debido control del número de votantes y de   la denuncia correspondiente.
          cédulas contenidas en el ánfora.  CONCORDANCIA:

             VOTACIÓN DE PERSONAS CON       Código Penal, Artículo 438.
                   DISCAPACIDAD             Artículo 267°.-  Si  se  presenta  un  elector
                       COPIA
          Artículo 263°.- Las personas con discapa-  con un Documento Nacional de Identifica-
          cidad, a su solicitud, pueden ser acompaña-  ción con el mismo número y nombre de otro
          das a la cámara secreta por una persona de   que ya ha votado, o con el mismo número
                                            aunque con distinto nombre, se procede a
          su confianza y, de ser posible, se les propor-  comprobar la identidad del elector y, esta-
          ciona una cédula especial que les permita   blecida ésta, se le recibe el voto. Se le hace
          emitir su voto.                   firmar al final de la Lista de Electores y se
          La Oficina Nacional de Procesos Electorales   sienta  constancia  del  caso  al  dorso  de  la
          (ONPE) implementa las medidas y emite las   misma  Lista.  El  Documento  Nacional  de
          disposiciones que resulten necesarias para   Identificación es retenido por el presidente
          facilitar que las personas con discapacidad   de la Mesa de Sufragio, quien lo envía al Fis-
          emitan su voto en condiciones de accesibi-  cal Provincial de turno para que formule la
          lidad y de equidad.               denuncia correspondiente.
          Texto  modificado  por  el  Artículo  1°  de  la  Ley  N.º   IMPUGNACIÓN DE LA IDENTIDAD
          29478, publicada el 18-12-2009.
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          CONTROL DEL NÚMERO DE VOTANTES    tor es impugnada por algún personero, los
          Artículo 264°.- El presidente cuida de que el   miembros de la Mesa de Sufragio resuelven
          elector, una vez que haya depositado su cé-  de inmediato la impugnación.
    LOE   dula en el ánfora, firme la lista de la mesa para   De la resolución de la Mesa de Sufragio pro-
          el debido control del número de votantes y del   cede apelación ante el Jurado Electoral de
          número de cédulas contenidas en el ánfora.  la circunscripción.
          Artículo 265°.- Artículo derogado por el Ar-  CONCORDANCIA:
          tículo 2 de la Ley N.º 29688, publicada el 20   Ley N.º 26486, Artículo 36, literal n.
          mayo 2011.                        Artículo 269°.-  Interpuesta  la  apelación,
          Artículo 266°.- Si por error de impresión o de   se admite que el elector vote y el presiden-
          copia de la lista de electores, el nombre del   te de la Mesa de Sufragio guarda la cédula
          elector no corresponde exactamente al que   junto con el Documento Nacional de Iden-
          figura en su Documento Nacional de Identi-  tificación que aquél hubiera presentado, en
          ficación, la mesa admite el voto del elector,   sobre especial en el que se toma la impre-
          siempre que los otros datos del Documento   sión digital y se indica el nombre del elector
          (número de inscripción, número del libro de   impugnado.
          inscripción, grado de instrucción) coincidan
          con los de la lista de electores.  Cerrado el sobre especial, el presidente de la
          Si quien se presenta a votar no es la mis-  Mesa de Sufragio hace en éste, de su puño
          ma persona que figura en la Lista de Elec-  y letra, la siguiente anotación: “Impugnado
          tores, el presidente de la Mesa de Sufragio   por...”,  seguido  del  nombre  del  personero
          lo comunica a la autoridad encargada de la   impugnante e invita a éste a firmar. Acto se-
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