Page 167 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 26859 - LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES

              la República o declaración de no haber   es firmada por todos o por la mayoría de los
              obtenido ninguno de ellos la mayoría   miembros del Jurado así como por los per-
              requerida con la constancia de haber   soneros que lo deseen.
              cumplido con comunicarlo al Congre-  Un ejemplar del Acta es remitido de inme-
              so; y,                        diato al Jurado Nacional de Elecciones y el
          8.   Proclamación  de  los  ciudadanos  que   otro es archivado por el Jurado Especial de
              hayan sido elegidos congresistas.  Elecciones.
                       COPIA
          Artículo 324°.- Un ejemplar del Acta Elec-  Artículo 329°.- La Oficina Nacional de Pro-
          toral a que se refiere el artículo anterior es   cesos Electorales procede al cómputo na-
          archivado en el Jurado Nacional de Eleccio-  cional, ejecutando las siguientes acciones:
          nes y el otro es remitido al Presidente del   a)   Verifica  la  autenticidad  de  los  docu-
          Congreso de la República.            mentos electorales y de las Actas de
          Artículo 325°.- El Jurado Nacional de Elec-  Cómputo que haya recibido de los Ju-
          ciones otorga las correspondientes creden-  rados Electorales Especiales.
          ciales a los ciudadanos proclamados Pre-  b)  Realiza el cómputo nacional de los vo-
          sidente, Vicepresidentes de la República y   tos obtenidos por las opciones o mate-
          Congresistas.                        rias sometidas a consulta, basándose
          CONCORDANCIAS:                       en  las  Actas  Generales  de  Cómputo
          Constitución Política del Perú, Artículo 178, numeral 5.  remitidas por los Jurados Electorales
          Ley N.° 26486, Artículo 5, literal j.   Especiales y las Actas Electorales de
          Artículo 326°.- Todos los documentos que   las Mesas de Sufragio de los ciudada-
                                               nos peruanos residentes en el extran-
          sirvan para la verificación de los cómputos   jero, recepcionadas por intermedio del   167
          se conservan hasta que haya concluido el   Ministerio de Relaciones Exteriores, y
          proceso  electoral  con  la  proclamación  del   teniendo a la vista, si fuese necesario,
          ciudadano  elegido  Presidente  de  la  Re-  las Actas Electorales remitidas por las   LOE
          pública.  Se  procede  luego  a  destruir  los   Mesas de Sufragio.
          documentos,  excepto  los  que  deban  ser
          remitidos al Poder Judicial por causa de la   c)   Inicia  el  cómputo  inmediatamente
                                               después de haber empezado a recibir
          apertura de cualquier proceso.       las Actas de Cómputo de los Jurados
          Artículo 327°.- Derogado por el Artículo 23 de   Electorales Especiales y, si no las reci-
          la Ley N.º 27369, publicada el 18-11-2000.  biera hasta el quinto día posterior a la
                                               fecha de las elecciones, empieza dicho
                     CAPÍTULO 3                cómputo con las comunicaciones reci-
               DE LA PROCLAMACIÓN DE           bidas de las Oficinas Descentralizadas
                                               de Procesos Electorales y, en defecto
             RESULTADOS DE REFERÉNDUM          de estas, con las copias certificadas de
               O CONSULTAS POPULARES           las Actas de Cómputo que presenten
          Artículo 328°.-  Efectuado  totalmente  el   los personeros de las Organizaciones
          cómputo  descentralizado  y  establecido  el   Políticas  o  de  los  promotores  de  las
          número  de  votos  aprobatorios  y  desapro-  iniciativas.
          batorios obtenidos por cada opción, el pre-  d)  Efectúa  el  Cómputo  Nacional  y  esta-
          sidente  del  Jurado  Especial  de  Elecciones   blece el número de votos alcanzados
          procede  a  levantar,  por  duplicado,  el  Acta   separadamente por cada opción o ma-
          Electoral del cómputo de sufragios, la que   teria sometida a consulta.
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