Page 267 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 31079, QUE MODIFICA LA LEY N.° 27972 (LOM), SOBRE MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS

          cia de los representantes de la municipalidad   DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
          provincial  y  distrital.  El  sorteo  es  realizado   TRANSITORIAS
          por  la  municipalidad  provincial  dentro  del   PRIMERA. Adecuación
          término  de  los  treinta  (30)  días  naturales
          siguientes a la fecha de convocatoria a elec-  Las municipalidades provinciales, con arre-
          ciones y se hará entre los ciudadanos que   glo a lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley
          figuren en el padrón de electores. El comité   N.°  27972,  Ley  Orgánica  de  Municipalida-
                       COPIA
          electoral  elegirá  de  entre  sus  miembros  a   des, emiten la ordenanza de adecuación de
          quien lo presidirá. El comité electoral se ins-  las municipalidades de centros poblados en
          tala en su fecha de conformación”.  funcionamiento.
          “Artículo 4. Padrón electoral     SEGUNDA. Actualización de ubigeos    LEY QUE MODIFICA LA LOM,  SOBRE MUNICIPALIDADES DE CP
          El RENIEC elabora y actualiza el padrón elec-  En un plazo de dos (2) años a partir de la vi-
          toral a utilizarse en las elecciones de las mu-  gencia de la presente ley, el Registro Nacio-
          nicipalidades de centros poblados”.  nal de Identificación y Estado Civil realiza las
          “Artículo 5. Procedimiento electoral y siste-  adecuaciones  técnicas  necesarias  a  fin  de
                                            que los registros de identificación y códigos
          ma de elección                    de ubicación geográfica (ubigeo) actualicen
          La municipalidad provincial, en coordinación   los registros de los centros poblados.
          con  las  municipalidades  distritales  corres-
          pondientes  de  su  jurisdicción,  organizan  el   TERCERA. Prórroga de mandato
          proceso  electoral.  Para  tal  efecto  se  emite   El mandato de los concejos municipales de
          una  ordenanza  provincial  de  elección  de   las  municipalidades  de  centros  poblados
          autoridades  de  municipalidades  de  centros   en funcionamiento queda prorrogado hasta   267
          poblados, con arreglo a la normativa general   la celebración de las siguientes elecciones,
          que emita sobre la materia el Jurado Nacio-  conforme a la presente ley.
          nal de Elecciones.
          La ordenanza provincial mencionada no pue-  DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
          de establecer para las candidaturas requisi-  DEROGATORIA
          tos ni exclusiones mayores a los estableci-  ÚNICA. Norma derogatoria
          dos para la elección de alcaldes y regidores   Derógase  la  disposición  complementaria
          en la Ley de Elecciones Municipales.  transitoria única de la Ley N.° 30937, Ley que
          La Oficina Nacional de Procesos Electorales   modifica la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de
          (ONPE)  establece  cooperación  y  asistencia   Municipalidades, respecto de las municipa-
          técnica con las municipalidades provinciales   lidades de centros poblados, así como todas
          para el proceso electoral”.       las normas que se opongan a la presente ley.
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