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COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022
El monto mensual de la remuneración Para efecto del numeral 5 no se conside-
del alcalde es fijado discrecionalmente ra cambio de domicilio el señalamiento de
de acuerdo a la real y tangible capacidad más de un domicilio, siempre que uno de
económica del gobierno local, previas las ellos se mantenga dentro de la circunscrip-
constataciones presupuestales del caso; ción territorial.
la misma que anualmente podrá ser incre- Texto modificado por el Artículo 1° de la Ley N.º
mentada con arreglo a ley, siempre y cuan- 28961, publicada el 24-01-2007.
(3) meses; COPIA
do se observe estrictamente las exigencias ARTÍCULO 23°.- PROCEDIMIENTO DE DECLA-
presupuestales y económicas propias de su RACIÓN DE VACANCIA DEL CARGO DE ALCAL-
remuneración. DE O REGIDOR
ARTÍCULO 22°.- VACANCIA DEL CARGO DE La vacancia del cargo de alcalde o regidor
ALCALDE O REGIDOR es declarada por el correspondiente concejo
El cargo de alcalde o regidor se declara municipal, en sesión extraordinaria, con el
vacante por el concejo municipal, en los si- voto aprobatorio de dos tercios del número
guientes casos: legal de sus miembros, previa notificación
1. Muerte; al afectado para que ejerza su derecho de
LOM 2. Asunción de otro cargo proveniente de defensa.
El acuerdo de concejo que declara o recha-
mandato popular;
3. Enfermedad o impedimento físico per- za la vacancia es susceptible de recurso de
manente que impida el desempeño reconsideración, a solicitud de parte, dentro
normal de sus funciones; del plazo de 15 (quince) días hábiles peren-
320 torios ante el respectivo concejo municipal.
4. Ausencia de la respectiva jurisdicción
municipal por más de treinta (30) días El acuerdo que resuelve el recurso de re-
consecutivos, sin autorización del consideración es susceptible de apelación.
concejo municipal; El recurso de apelación se interpone, a so-
5. Cambio de domicilio fuera de la res- licitud de parte, ante el concejo municipal
pectiva jurisdicción municipal; que resolvió el recurso de reconsideración
dentro de los 15 (quince) días hábiles si-
6. Condena consentida o ejecutoriada guientes, el cual elevará los actuados en el
por delito doloso con pena privativa de término de 3 (tres) días hábiles al Jurado
la libertad; Nacional de Elecciones, que resolverá en un
7. Inconcurrencia injustificada a tres (3) plazo máximo de 30 (treinta) días hábiles,
sesiones ordinarias consecutivas o bajo responsabilidad.
seis (6) no consecutivas durante tres La resolución del Jurado Nacional de Elec-
ciones es definitiva y no revisable en otra vía.
8. Nepotismo, conforme a ley de la ma- Cualquier vecino puede solicitar la vacancia
teria; del cargo de un miembro del concejo ante el
9. Por incurrir en la causal establecida en concejo municipal o ante el Jurado Nacio-
el artículo 63 de la presente Ley; nal de Elecciones; su pedido debe estar fun-
10. Por sobrevenir algunos de los impe- damentado y debidamente sustentado, con
dimentos establecidos en la Ley de la prueba que corresponda, según la causal.
Elecciones Municipales, después de la El concejo se pronuncia en sesión extraor-
elección. dinaria en un plazo no mayor de 30 (treinta)

