Page 321 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES
días hábiles después de presentada la soli- 6. Por incumplir lo dispuesto en el artí-
citud y luego de notificarse al afectado para culo 39-A de la Ley N.° 30364, Ley
que ejerza su derecho de defensa. para prevenir, sancionar y erradicar
En caso de que la solicitud sea presentada la violencia contra las mujeres y los
al Jurado Nacional de Elecciones, él corre- integrantes del grupo familiar, debido
rá traslado al concejo municipal respectivo al ejercicio de la presidencia de la ins-
tancia provincial o distrital de concer-
para que proceda conforme a este artículo.
3. COPIA
tación, respectivamente.
CONCORDANCIA: Con excepción de la causal establecida en
Ley N.° 26486, Artículo 5, literal u. el numeral 2, una vez acordada la suspen-
ARTÍCULO 24°.- REEMPLAZO EN CASO DE VA- sión, se procederá de acuerdo con lo se-
CANCIA O AUSENCIA ñalado en el artículo 24 de la presente ley,
En caso de vacancia o ausencia del alcalde según corresponda.
lo reemplaza el teniente alcalde que es el Concluido el mandato de detención a que se
primer regidor hábil que sigue en su propia refiere el numeral 3, el alcalde o regidor re-
lista electoral. asume sus funciones en forma automática
En caso de vacancia del regidor, lo reem- e inmediata, sin requerir pronunciamiento
plaza: alguno del concejo municipal. En el caso del LOM
numeral 5, la suspensión es declarada has-
1. Al teniente alcalde, el regidor hábil que ta que no haya recurso pendiente de resol-
sigue en su propia lista electoral. ver y el proceso se encuentre con sentencia
2. A los regidores, los suplentes, respe- consentida o ejecutoriada. En todo caso la 321
tando la precedencia establecida en su suspensión no podrá exceder el plazo de la
propia lista electoral. pena mínima prevista para el delito materia
ARTÍCULO 25°.- SUSPENSIÓN DEL CARGO de sentencia. De ser absuelto en el proce-
so penal, el suspendido reasumirá el cargo,
El ejercicio del cargo de alcalde o regidor se caso contrario, el concejo municipal decla-
suspende por acuerdo de concejo en los si- rará su vacancia. En el caso del numeral 6,
guientes casos: la suspensión se realiza hasta por el periodo
1. Por incapacidad física o mental tem- máximo de treinta (30) días naturales.
poral; Contra el acuerdo que aprueba o rechaza
2. Por licencia autorizada por el concejo la suspensión procede recurso de reconsi-
municipal, por un período máximo de deración ante el mismo concejo municipal,
treinta (30) días naturales; dentro de los ocho (8) días hábiles posterio-
Por el tiempo que dure el mandato de res a la notificación del acuerdo, no siendo
detención; exigible su presentación para la interposi-
4. Por sanción impuesta por falta grave ción del recurso a que se contrae el párrafo
siguiente.
de acuerdo con el reglamento interno
del concejo municipal; El recurso de apelación se interpone ante el
concejo municipal dentro de los diez (10)
5. Por sentencia judicial condenatoria días hábiles posteriores a la notificación del
emitida en segunda instancia pro de- acuerdo de concejo que aprueba o rechaza
lito doloso con pena privativa de la la suspensión, o resuelve su reconsidera-
libertad; ción.

