Page 329 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES

          haga sus veces, se formula el balance ge-  quier otro bien que represente valores
          neral de ingresos y egresos y se presenta la   cuantificables económicamente.
          memoria anual, documentos que deben ser   5.   Los  terrenos  eriazos,  abandonados  y
          aprobados por el concejo municipal dentro
          de  los  plazos  establecidos  por  el  Sistema   ribereños que le transfiera el Gobierno
          Nacional de Contabilidad.            Nacional.
                                            6.   Los aportes provenientes de habilita-
                     CAPÍTULO II               ciones urbanas.
              blicos locales.COPIA
              EL PATRIMONIO MUNICIPAL       7.   Los legados o donaciones que se insti-
                                               tuyan en su favor.
                   SUBCAPÍTULO I            8.   Todos  los  demás  que  adquiera  cada
              DISPOSICIONES GENERALES          municipio.
          ARTÍCULO 55°.- PATRIMONIO MUNICIPAL  Las vías y áreas públicas, con subsuelo y
          Los bienes, rentas y derechos de cada mu-  aires son bienes de dominio y uso público.
          nicipalidad constituyen su patrimonio.  CONCORDANCIA:
          El  patrimonio  municipal  se  administra  por   Constitución Política del Perú, artículos 196.
          cada municipalidad en forma autónoma, con   ARTÍCULO 57°.- MARGESÍ DE BIENES MU-
          las garantías y responsabilidades de ley.  NICIPALES                   LOM
          Los bienes de dominio público de las munici-
          palidades son inalienables e imprescriptibles.  Cada  municipalidad  abre  y  mantiene  ac-
          Todo acto de disposición o de garantía so-  tualizado el margesí de bienes municipales,
                                            bajo  responsabilidad  solidaria  del  alcalde,
          bre el patrimonio municipal debe ser de co-                        329
          nocimiento público.               el gerente municipal y el funcionario que la
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          CONCORDANCIA:                     ARTÍCULO 58°.-  INSCRIPCIÓN  DE  BIENES
          Constitución Política del Perú, artículos 196.  MUNICIPALES EN EL REGISTRO DE LA PRO-
                                            PIEDAD
                   SUBCAPÍTULO II
               LOS BIENES MUNICIPALES       Los bienes inmuebles de las municipalida-
                                            des a que se refiere el presente capítulo, se
          ARTÍCULO 56°.- BIENES DE  PROPIEDAD   inscriben en los Registros Públicos, a peti-
          MUNICIPAL                         ción del alcalde y por el mérito del acuerdo
          Son bienes de las municipalidades:  de concejo correspondiente.
          1.   Los  bienes  inmuebles  y  muebles  de   ARTÍCULO 59°.-  DISPOSICIÓN  DE  BIENES
              uso público destinados a servicios pú-  MUNICIPALES
                                            Los bienes municipales pueden ser transfe-
          2.   Los edificios municipales y sus insta-  ridos, concesionados en uso o explotación,
              laciones y, en general, todos los bienes   arrendados o modificado su estado de po-
              adquiridos,  construidos  y/o  sosteni-  sesión o propiedad mediante cualquier otra
              dos por la municipalidad.     modalidad, por acuerdo del concejo muni-
          3.   Las acciones y participaciones de las   cipal.
              empresas municipales.         Cualquier transferencia de propiedad o con-
          4.   Los caudales, acciones, bonos, parti-  cesión sobre bienes municipales se hace a
              cipaciones sociales, derechos o cual-  través de subasta pública, conforme a ley.
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