Page 341 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES
porte terrestre de personas que presta dentro de la 1 De conformidad con el Artículo 13 de la Ley N.°
integridad del territorio de la provincia de Lima y de 28750, publicada el 3 junio de 2006, se precisa
la Provincia Constitucional del Callao, provincias que los recursos por la imposición de papeletas por
contiguas, que en su integridad guardan entre sí, infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito,
continuidad urbana. En virtud a ello, se modifica la provenientes de los convenios suscritos o por sus-
competencia de la Municipalidad Metropolitana de cribirse entre las Municipalidades y la Policía Nacio-
Lima y la Municipalidad Provincial del Callao. nal del Perú a nivel nacional, a favor de la Policía
1.10. Instalar, mantener y renovar los siste- de Tránsito de las jurisdicciones respectivas, se in-
corporan en el presupuesto del Pliego Ministerio del
las municipalidades distritales: COPIA
mas de señalización de tránsito en su Interior, para ser orientados exclusivamente a los
jurisdicción, de conformidad con el re- fines señalados en los convenios. El Ministerio del
glamento nacional respectivo. Interior, queda autorizado para que mediante resolu-
2. Funciones específicas compartidas de ción suprema y dentro del plazo de treinta (30) días
siguientes de publicada la presente Ley, establezca
las municipalidades provinciales: un régimen de incentivos excepcionales de carácter
2.1. Controlar, con el apoyo de la Policía Na- no remunerativo ni pensionable, a la Policía de Trán-
cional, el cumplimiento de las normas sito con cargo de hasta el 75% de los recursos de los
mencionados convenios, así como regule los proce-
de tránsito y las de transporte colectivo; sos y procedimientos para la ejecución presupuestal
sin perjuicio de las funciones sectoria- y financiera y uso de los citados recursos.
les de nivel nacional que se deriven de Artículo 82°.- Educación, ciencia, tecnolo-
esta competencia compartida, confor- gía, innovación tecnológica, cultura, depor- LOM
me a la Ley de Bases de la Descentra- tes y recreación
lización.
Epígrafe modificado por el Artículo Único de la Ley
2.2. Organizar la señalización y nomencla- N.° 30968, publicada el 20-06-2019.
tura de vías, en coordinación con las 341
municipalidades distritales. Las municipalidades, en materia de educa-
ción, ciencia, tecnología, innovación tecno-
2.3. Ejercer la función de supervisión del lógica, cultura, deportes y recreación, tienen
servicio público de transporte provin- como competencias y funciones específi-
cial de su competencia, contando con el cas compartidas con el gobierno nacional y
apoyo de la Policía Nacional asignada el gobierno regional las siguientes:
al control del tránsito.
2.4. Instalar, mantener y renovar los siste- Párrafo modificado por el Artículo Único de la Ley
N.º 30968, publicada el 20-06-2019.
mas de señalización de tránsito en su
jurisdicción y establecer la nomencla- 1. Promover el desarrollo humano sos-
tura de vías, en coordinación con las tenible en el nivel local, propiciando
municipalidades distritales. el desarrollo de comunidades educa-
doras.
3. Funciones específicas compartidas de
2. Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto
educativo de su jurisdicción, en coor-
3.1. Establecer la nomenclatura y señaliza- dinación con la Dirección Regional de
ción de calles y vías de acuerdo con la Educación y las Unidades de Gestión
regulación provincial y en coordinación Educativas, según corresponda, con-
con la municipalidad provincial. tribuyendo en la política educativa
3.2. Otorgar licencias para la circulación de regional y nacional con un enfoque y
vehículos menores y demás, de acuerdo acción intersectorial.
con lo establecido en la regulación pro- 3. Promover la diversificación curricular,
vincial. 1 incorporando contenidos significati-

