Page 43 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
P. 43
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Artículo 112°.- Duración del mandato pre- nente, el Presidente del Congreso convoca
sidencial de inmediato a elecciones.
El mandato presidencial es de cinco años, Cuando el Presidente de la República sale
no hay reelección inmediata. Transcurrido del territorio nacional, el Primer Vicepresi-
otro periodo constitucional, como mínimo,
el ex presidente puede volver a postular, su- dente se encarga del despacho. En su de- CONSTITUCIÓN POLÍTICA
jeto a las mismas condiciones. fecto, lo hace el Segundo Vicepresidente. DEL PERÚ
Constitución.COPIA
Texto modificado por el Artículo 1° de la Ley N.º De conformidad con el Artículo Único de la Ley N.°
27365, publicada el 05-11-2000. 27375, publicada el 5 diciembre 2000, se interpre-
ta que el mandato conferido por el presente artículo
Artículo 113°.- Vacancia de la Presidencia al Presidente del Congreso de la República para que
de la República asuma las funciones de Presidente de la República
La Presidencia de la República vaca por: por impedimento permanente de este último y de los
vicepresidentes no implica la vacancia de su cargo de
1. Muerte del Presidente de la República. Presidente del Congreso ni de su condición de Congre-
2. Su permanente incapacidad moral o sista de la República.
física, declarada por el Congreso. Artículo 116°.- Asunción del cargo presi-
3. Aceptación de su renuncia por el Con- dencial
greso. El Presidente de la República presta jura-
4. Salir del territorio nacional sin permiso mento de ley y asume el cargo, ante el Con-
greso, el 28 de julio del año en que se realiza
del Congreso o no regresar a él dentro
del plazo fijado. Y la elección.
5. Destitución, tras haber sido sancio- Artículo 117°.- Excepción a la inmunidad 43
nado por alguna de las infracciones presidencial
mencionadas en el artículo 117º de la El Presidente de la República sólo puede
Constitución. ser acusado, durante su período, por trai-
ción a la patria; por impedir las elecciones
Artículo 114°.- Suspensión del ejercicio de presidenciales, parlamentarias, regionales o
la Presidencia
El ejercicio de la Presidencia de la República municipales; por disolver el Congreso, salvo
se suspende por: en los casos previstos en el artículo 134 de
1. Incapacidad temporal del Presidente, la Constitución, y por impedir su reunión o
funcionamiento, o los del Jurado Nacional
declarada por el Congreso, o de Elecciones y otros organismos del siste-
2. Hallarse éste sometido a proceso ju- ma electoral.
dicial, conforme al artículo 117º de la
Artículo 118°.- Atribuciones del Presidente
de la República
Artículo 115°.- Impedimento temporal o Corresponde al Presidente de la República:
permanente del ejercicio de la Presidencia
Por impedimento temporal o permanente 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitu-
ción y los tratados, leyes y demás dis-
del Presidente de la República, asume sus posiciones legales.
funciones el Primer Vicepresidente. En de-
fecto de éste, el Segundo Vicepresidente. 2. Representar al Estado, dentro y fuera
Por impedimento de ambos, el Presidente de la República.
del Congreso. Si el impedimento es perma- 3. Dirigir la política general del Gobierno.

