Page 27 - METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION JURIDICA-Jorge Witker Velásquez
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            (eficacia) de las normas; por ejemplo, observar el respeto a derechos
            fundamentales en un reclusorio.
               Para la opción formalista, se analizaría la congruencia y coherencia,
            por ejemplo, de la Ley Nacional de Ejecución Penal, con los artículos
            20 y 17 de la Constitución, en que se enfatiza estudios de lenguaje nor-
            mativo, en lo que llamamos una investigación dogmática cuantitativa.
               Finalmente, para la opción hermenéutica, se podrá explicar la inter-
            pretación y aplicación que el juez realiza de la mencionada Ley Nacio-
            nal de Ejecución Penal.
               A continuación, describiremos cómo estas opciones se desarrollan
            con mayores detalles.


                 1. Métodos o técnicas epistemológicas y las
                                  ciencias jurídicas
            Según lo visto anteriormente, el método constituye pasos a seguir en
            función de una meta; es general, global y de coordinación de activi-
            dades. La técnica, en cambio, es recurso operativo, concentrado en el
            “hacer algo”.
            En esta Unidad, se observa una mezcla de métodos y técnicas,
            que, de entrada, hemos aclarado.
               Por su parte, la epistemología, como integrante de la Filosofía, su-
            pone teorías para conocer o visualizar el conocimiento e información
            jurídicas disponibles, respecto de puntos de la realidad regulada. Como
            tal, en consecuencia, no es un método o técnica, sino que un enfoque
            cognitivo del investigador, elegido y optado libremente.
               Por ello, es posible identificar vías epistémicas para comprender a
            algunos fenómenos jurídicos, tales como analíticos, sintéticos, analógi-
            cos, históricos y fenomenológicos, que brevemente describiremos.
               En consecuencia, dejamos afuera a las técnicas de observación, de
            campo, estadísticos, así como las documentales, que operan, funda-
            mentalmente, para las investigaciones jurídicas dogmáticas o formalis-
            tas, sociojurídicas y mixtas.
              •  MÉTODO DE OBSERVACIÓN. La observación como método
                  científico se define como el uso sistemático de nuestros senti-
                  dos en la búsqueda de los datos que se necesitan para resolver
                  un problema de investigación. Se trata de registrar conductas y
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