Page 107 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
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                   e Ingram, 2014). Por ejemplo, los órganos electorales en México determi-




                nan y monitorean los gastos diarios, el financiamiento de las campañas, la
                selección y estructura de los comités ejecutivos, y el acceso a los medios de
                comunicación.
                   La intervención estatal en la vida de los partidos y la jurisprudencia
                que enfatiza la igualdad sustantiva sugieren que los organismos y tribunales
                electorales pueden intervenir para modificar el ambiente hostil que los par-
                tidos crean para la participación política de las mujeres. De esta manera,
                                    copia
                quienes luchan para eliminar la VAWIP pueden demandar ante estas ins-
                tancias electorales que los partidos mejoren los contextos institucionalizados
                de   discriminación de género.

                   Sin embargo, estas estrategias de acción legal tienen limitaciones. Como
                    mencionado, los órganos electorales regulan y sancionan a los partidos
                se ha
                políticos, lo cual significa que solamente pueden intervenir en los ámbitos
                laborales donde corresponde la supervisión partidaria, como las cámaras
                legislativas, algunos sectores del Poder Ejecutivo y las organizaciones par-
                tidarias mismas. En cambio, esta estrategia no ofrece ninguna protección a
                las mujeres que ocupan otros puestos en la esfera política, como el servicio
                civil, ni protegen a mujeres que son victimizadas por agresores desde fuera
                del partido. El déficit de protección para muchas mujeres que se desempe-
                ñan   en política señala la importancia de implementar los artículos ya incluidos



                en las leyes contra la violencia hacia las mujeres en general, que prohíben
                el hostigamiento sexual y de género en todos los ámbitos de actividad labo-
                ral. Las activistas que se oponen a la VAWIP deberían buscar medidas de
                protección para todas las mujeres trabajadoras, y no sólo para las mujeres
                militantes,   las candidatas y las legisladoras.
                   Hasta que se alcance ese objetivo, los decisores políticos pueden buscar
                otras soluciones en el corto plazo. Instancias estatales especiales o personas
                dedicadas a la defensa de los derechos humanos (ombudspersons, en inglés)
                pueden asistir a las mujeres que ocupan cargos en el servicio civil. En Mé-
                xico, por ejemplo, el TEPJF cuenta con una Unidad Técnica de Género, la
                cual trabaja por la igualdad de género dentro de la institución. De manera
                similar, a
                         los fiscales especiales en el ámbito penal, los órganos electorales



                pueden designar   defensores especiales para recibir, escuchar y documentar





                casos de   hostigamiento sexual y de género en los partidos o en los lugares
                laborales bajo la supervisión partidaria. Estos ombudspersons en los órganos
                electorales pueden servir como interlocutores clave entre las autorida-
                des electorales y las activistas que militan en contra de la VAWIP, para de-



                terminar   en qué momento deben juzgar a un partido.
                    DR © 2017. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México,
                                    Tribunal Electoral de la Ciudad de México
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