Page 105 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
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                semejantes, de menor jerarquía), privación de espacios en las oficinas u otros
                recursos, exclusión sistemática de importantes reuniones y reducción al silen-
                cio en los debates.
                   Las activistas encuentran muchas resistencias para clasificar estas prác-
                ticas   como discriminación de género (Krook y Restrepo Sanín, 2016): como en
                el caso de la violencia física, estas prácticas están normalizadas como “cosas
                que suceden”. Sin embargo, el hostigamiento sexual y de género en los lu-
                gares de trabajo también   es tipificado en la legislación vigente que combate
                                    copia
                la violencia contra las mujeres. La OEA (2014) señala que todas las normas
                latinoamericanas contra la violencia de género incluyen el hostigamiento
                laboral (pero no necesariamente imponen sanciones penales). Estas protec-
                ciones legales son sumamente importantes, porque la discriminación de gé-
                nero institucionalizada —que Krook y Restrepo Sanín (2016) categorizan
                como violencia económica y simbólica— no afecta solamente a las mujeres
                políticas, sino   a todas las mujeres trabajadoras. Con todo, los componentes


                menos implementados de   las leyes contra la violencia de género son los ar-
                tículos que buscan prevenir el hostigamiento laboral. En 2012, solamente
                cinco países latinoamericanos —Bolivia, Costa Rica, República Dominica-
                na, México y Paraguay— manifestaron a la OEA que habían coordinado
                campañas de sensibilización para enfrentar el hostigamiento laboral (OEA,
                2014).
                   El abordaje del problema de la discriminación institucionalizada se di-
                ficulta por la combinación de la apatía burocrática y la normalización del
                sexismo. Las mujeres son víctimas del hostigamiento sexual y de género,
                porque las culturas institucionales lo permiten y las autoridades no lo toman
                en serio, no porque las leyes no lo tipifiquen. Pero quienes se oponen a la
                VAWIP tienen una importante herramienta a su disposición para enfrentar
                el acoso laboral de las mujeres en los partidos y en la vida política, que no
                requiere de nueva legislación: el concepto de justicia electoral con pers-
                pectiva de género. Este acercamiento a la jurisprudencia electoral surgió
                del litigio en torno de las cuotas de género a partir de la década de 1990.
                Entonces, a lo largo de toda América Latina, los partidos políticos impug-
                naron las leyes de   cuotas ante los tribunales electorales, desafiando desde el



                principio de acción afirmativa hasta los mandatos de posición para ordenar
                los nombres de las mujeres en las listas (Piscopo, 2015; Piscopo, 2016a).   Pero los
                órganos electorales (y los jueces electorales) rebatieron los argumentos par-


                tidarios y sostuvieron la   constitucionalidad de las cuotas de género.
                   Por ejemplo, en 2011, el TEPJF de México tomó una decisión histórica
                al declarar que la ley de cuotas debería ser respetada sin excepción alguna
                (TEPJF, 2011). El Tribunal argumentó que “la igualdad de género es un prin-



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                                    Tribunal Electoral de la Ciudad de México
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