Page 205 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
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                198                     LUCERO SALDAÑA PÉREZ

                      san como discriminación, presión, persecución, hostigamiento, aco-
                      so, coacción, ridiculización, vejación, amenazas e, incluso, violencia

                      física y privación de la vida   a las mujeres. Por ejemplo, muchas veces
                      a las mujeres se les oculta información o documentación importante
                      para el ejercicio de las funciones, o bien se les proporciona informa-
                      ción errónea. Eso impide que se ejerzan plenamente los derechos

                      político-electorales o que se realice un ejercicio indebido del cargo
                            desempeña.
                      que se
                                    copia
                       3) En la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
                      (2014) se está incluyendo la definición de violencia política de géne-


                      ro, remitiendo a   la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
                      Libre de Violencia (2007). Se está tratando de asegurar que se absten-
                      gan de cometer este tipo de violencia todos los actores que intervienen
                      en el   proceso electoral, llámense partidos políticos, concesionarios de




                      radio y televisión, aspirantes, precandidatos, candidatos —incluyendo
                      a independientes—, dirigentes y afiliados a partidos políticos, ciuda-



                      danos o   cualquier persona física o moral.
                   4)   En la Ley General de los Partidos Políticos (2014) se está buscando
                      ser muy firmes con las obligaciones que los partidos políticos tienen
                      para prevenir, atender y erradicar la violencia política de género. Se
                      está muy consciente de que los partidos políticos son centrales para
                      lograr que se respeten los derechos políticos, por lo que sus documen-




                      tos básicos y su   vida interna deben contener este compromiso.
                       5) En la Ley General en Materia de Delitos Electorales (2014) se defini-
                      rán las penas por el delito de violencia política, porque sin una san-
                      ción se sabe que la Ley queda en buenas intenciones. Asimismo, se
                      incluirán las diferentes conductas que implican violencia política de
                      género.
                   Aun cuando el trabajo está muy avanzado, se ha consultado a los diver-
                sos organismos de gobierno involucrados en este tema, así como a especialis-
                tas. Con esta reforma se espera dar pasos certeros para contener y erradicar

                este   tipo de violencia.
                   La igualdad sustantiva sólo se cumplirá si las mujeres cuentan con sus
                derechos político-electorales garantizados, sin que al participar en la vida
                democrática del país, la integridad física, la dignidad, el patrimonio o la sa-
                lud física y emocional se   vean comprometidos. La política es una arena en
                la que todas y todos contienden para mostrar a la sociedad que la propuesta





                presentada   es la mejor, que se cuenta con los méritos para ser sus represen-



                tantes y que se   tiene un legítimo compromiso con México.

                    DR © 2017. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México,
                                    Tribunal Electoral de la Ciudad de México
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