Page 205 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
P. 205
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
www.juridicas.unam.mx Libro completo en:
http://biblio.juridicas.unam.mx/bjv https://goo.gl/5s3tec
198 LUCERO SALDAÑA PÉREZ
san como discriminación, presión, persecución, hostigamiento, aco-
so, coacción, ridiculización, vejación, amenazas e, incluso, violencia
física y privación de la vida a las mujeres. Por ejemplo, muchas veces
a las mujeres se les oculta información o documentación importante
para el ejercicio de las funciones, o bien se les proporciona informa-
ción errónea. Eso impide que se ejerzan plenamente los derechos
político-electorales o que se realice un ejercicio indebido del cargo
desempeña.
que se
copia
3) En la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
(2014) se está incluyendo la definición de violencia política de géne-
ro, remitiendo a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia (2007). Se está tratando de asegurar que se absten-
gan de cometer este tipo de violencia todos los actores que intervienen
en el proceso electoral, llámense partidos políticos, concesionarios de
radio y televisión, aspirantes, precandidatos, candidatos —incluyendo
a independientes—, dirigentes y afiliados a partidos políticos, ciuda-
danos o cualquier persona física o moral.
4) En la Ley General de los Partidos Políticos (2014) se está buscando
ser muy firmes con las obligaciones que los partidos políticos tienen
para prevenir, atender y erradicar la violencia política de género. Se
está muy consciente de que los partidos políticos son centrales para
lograr que se respeten los derechos políticos, por lo que sus documen-
tos básicos y su vida interna deben contener este compromiso.
5) En la Ley General en Materia de Delitos Electorales (2014) se defini-
rán las penas por el delito de violencia política, porque sin una san-
ción se sabe que la Ley queda en buenas intenciones. Asimismo, se
incluirán las diferentes conductas que implican violencia política de
género.
Aun cuando el trabajo está muy avanzado, se ha consultado a los diver-
sos organismos de gobierno involucrados en este tema, así como a especialis-
tas. Con esta reforma se espera dar pasos certeros para contener y erradicar
este tipo de violencia.
La igualdad sustantiva sólo se cumplirá si las mujeres cuentan con sus
derechos político-electorales garantizados, sin que al participar en la vida
democrática del país, la integridad física, la dignidad, el patrimonio o la sa-
lud física y emocional se vean comprometidos. La política es una arena en
la que todas y todos contienden para mostrar a la sociedad que la propuesta
presentada es la mejor, que se cuenta con los méritos para ser sus represen-
tantes y que se tiene un legítimo compromiso con México.
DR © 2017. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México,
Tribunal Electoral de la Ciudad de México