Page 262 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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concreción del tequio, ante la comunidad no sólo el hombre cumple con su
obligación, sino las mujeres que quieran ser candidatas tendrán por cumpli-
do ese requisito si el núcleo familiar lo ha cubierto, bien sea que el cargo lo
l
hayan ocupado ellas directamente o cualquier otro miembro de a familia
(SUP-REC-4/2015).
La misma perspectiva se aplicó al análisis de cumplimiento con el siste-
ma de cargos. Este último es obligatorio desde los dieciocho años e incluso
antes si la persona se casa, pues se considera que forma una unidad familiar
copia
independiente a la de sus padres. Los cargos se cumplen por toda la unidad
familiar, aunque el nombramiento recaiga en una persona (madre o padre),
de modo que el cumplimiento por uno de ellos sirve para que toda la fami-
lia nuclear goce de derechos al interior de la comunidad (TEPJF, 2014: 22).
Bajo esta perspectiva, si algún familiar de una mujer con intenciones de
participar como candidata ha cumplido puntualmente con las obligaciones
comunales, esto es suficiente para cubrir el requisito exigido por el sistema
normativo indígena. Este tipo de criterios hacen factible que las habilidades
y los recursos que las mujeres desarrollan en el ámbito privado —en el que,
por diversas razones estructurales, están ubicadas— aporten a sus posibili-
dades de ser electas. Esta experiencia cuenta al momento de valorar la tra-
quien pretende ocupar un puesto público.
yectoria de
V. conclusiones
El presente trabajo no pretende negar la problemática de violencia de género
que está presente al interior de las comunidades indígenas y fuera de ellas.
Sus intenciones se limitan a ampliar el debate sugiriendo tomar en conside-
ración la situación particular de las comunidades indígenas.
En primer lugar, es necesario abandonar el estereotipo que asocia la
cultura indígena con la discriminación contra la mujer. Hay que recono-
cer que la situación actual de las mujeres en las comunidades indígenas es
el resultado de una fusión entre su cosmovisión y la aculturación —y, por
tanto, la evangelización forzada— que tuvo lugar durante la Colonia. La
reivindicación de los derechos de las mujeres indígenas no se contrapone
su identidad cultural. Es necesario depurar las costumbres que subordi-
nan a las mujeres sin que ello implique descalificar su cultura (Sierra,
2013: 241).
En segundo lugar, lo relevante es que ese proceso de depuración debe
seguir patrones específicos que atiendan las particularidades culturales y
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