Page 278 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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EL ACOSO Y LA VIOLENCIA POLÍTICA EN BOLIVIA... 275
— El órgano electoral definirá políticas interculturales de educación
democrática con equidad de género y reglamentará la obligatorie-
paridad y alternancia en procesos de habilitación extraor-
dad de la
suplentes.
dinaria de
— El Ministerio de Justicia será el responsable de diseñar, implemen-
tar, monitorear y evaluar políticas de prevención, atención y san-
ción de toda forma de acoso o violencia política.
— Los estatutos autonómicos y cartas orgánicas adoptarán medidas de
copia
problemática.
prevención de la
6. Otras previsiones
Las organizaciones sociales y políticas incorporarán en sus estatutos
y reglamentos internos disposiciones referidas a la
prevención, atención y
sanción de los actos de acoso y violencia política hacia las mujeres, así como
garantías de participación política en igualdad de condiciones entre mujeres
y hombres, en un plazo de 180 días a partir de la vigencia de la Ley 243.
Hecha esta relación sobre el objeto y alcance de la ley aprobada en Boli-
via, es evidente que la misma constituye un referente clave en la jurispruden-
cia nacional y en el ámbito internacional. A partir de su contenido ha sido
posible tipificar una figura delictiva y las faltas asociadas a los actos de acoso y
violencia en razón de género en el ámbito político. Lamentablemente, desde
su promulgación en mayo de 2012 hasta principios de 2016, la ley carecía de
reglamentación, hecho que imposibilitaba su aplicación. 6
En medio del vacío reglamentario, las denuncias de casos de acoso y
violencia se fueron sumando, pero quedaron la gran mayoría en la impuni-
dad. Con base en el informe preliminar de la Acobol, en enero de 2015, la
prensa reportaba que, entre 2010 y 2014, esta instancia asociativa conoció
272 denuncias por acoso y violencia política contra mujeres que fungían
como ediles, de las cuales sólo 13 (4.7 por ciento) llegaron a contar con una
resolución administrativa o judicial, canalizadas por la vía constitucional y
administrativa (Ariñez, 2015). Ningún caso fue resuelto por vía penal ni
7
mediante la
Ley 243.
6 La Ley 243 fue finalmente reglamentada mediante Decreto Supremo núm. 2935, de
fecha 5 de octubre de 2016. El Decreto Supremo Reglamentario establece mecanismos
de prevención, atención y sanción contra actos individuales y colectivos de acoso y/o violen-
cia política hacia las mujeres.
7 Se refiere a amparos constitucionales por vulneración de derechos así como a recursos
administrativos internos de distinto alcance.
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