Page 273 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
P. 273

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
          www.juridicas.unam.mx                                              Libro completo en:
          http://biblio.juridicas.unam.mx/bjv                               https://goo.gl/5s3tec



                270                   ERIKA BROCKMANN QUIROGA

                efectivo de sus funciones y/o atribuciones, y actos de discriminación por
                razones de condición social, cultural, racial, entre otras, los cuales son la

                tercera   causa de denuncia.
                   Las cifras asociadas a esta nueva problemática eran elocuentes. En tor-








                no al   acoso y a la violencia política hacia las mujeres, entre noviembre de
                2002 y octubre de 2003, la Acobol reportó 45 denuncias: 10 casos, 22 por
                ciento, presiones para renunciar a sus cargos; 8 casos, 18 por ciento, impe-
                dimento para el ejercicio de sus funciones (congelamiento ilegal de fondos,
                                    copia
                alternabilidad ilegal, difamación y calumnia; 7 casos, 16 por ciento, discri-
                minación de género, y 10 casos, 22 por ciento, distintos actos de violencia.

                En total,   entre 2000 y 2009, la Acobol atendió 249 casos (véase gráfica).





                                               gráFica




                           PorcentaJes   De casos registraDos Por acobol












                Fuente:   Machicao (2004) y Acobol (2009).


                   Entre 2010 y 2014, años en los que ya estaba vigente el principio de
                paridad y alternancia, la Acobol reportó aproximadamente 300 casos, entre
                los cuales 200 mujeres fueron obligadas a renunciar y dos concejalas per-
                dieron la vida: Juana Quispe, del municipio de Ancoraimes en La Paz, y
                Daguimar Rivera Ortiz, del municipio de Guayaramerin en Beni. Con estos
                antecedentes, se constató que, pese a ser todavía poco conocidos e ignora-
                dos, el acoso y la violencia política hacia las mujeres representa una barrera
                fundamental para su participación política. Por tanto, era imperativo legal,
                                        marco legal para garantizar que las mujeres pu-
                político y moral reforzar el



                    DR © 2017. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México,
                                    Tribunal Electoral de la Ciudad de México
   268   269   270   271   272   273   274   275   276   277   278