Page 507 - LOS SISTEMAS DE PARTIDOS EN AMERICA LATINA-CONO SUR Y PAISES ANDINOS- TOMO 2 - FLAVIA FREIDENBERT
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INSTITUCIONALIZACIóN, CRISIS Y RESURGIMIENTO... 499
dad ejecutiva del municipio, dejando al concejo municipal sólo
con la función legislativa (Villegas Moreno, 2008).
ii) Elección directa de gobernadores y legisladores estatales: las
figuras de gobernadores de estado existían en la Constitución
de 1961, sin embargo, estos cargos eran de libre nombramien-
to y remoción por parte del presidente de la República. Simi-
larmente, los concejos legislativos estatales ya existían desde
1958 y se elegían en conjunto con los senadores, diputados y
copia
concejeros municipales mediante el voto a la tarjeta pequeña.
Con la aprobación de la Ley de Descentralización y la Ley
sobre Elección y Remoción de los Gobernadores de Estado en
1989 se instauró la elección universal, directa y secreta tanto
de los gobernadores de estados como de los concejos legislati-
vos estatales y se les asignaron competencias políticas y admi-
nistrativas.
iii) Modificación de uso de listas cerradas con representación pro-
porcional: dos pasos se dieron en 1989 para modificar el uso de
listas cerradas con representación proporcional (véase tabla 2):
a) se aprobó el uso de listas abiertas para los concejos munici-
pales: con la reforma de la ley del sufragio se permitió, por pri-
mera vez, incluir elementos de voto nominal. Sin embargo esto
se restringió a las elecciones de los concejos municipales, de
esta forma por primera vez, desde 1958, se alteró el sistema
de representación proporcional utilizado. Esto se hizo efectivo
en las elecciones de 1989, y b) se modificó la fórmula electo-
ral en la elección de diputados al Congreso y a las Asambleas
Legislativas estaduales siguiendo el sistema mixto alemán con
55% de los cargos electos mayoritariamente y 45% en forma
proporcional. Este cambio se haría efectivo en las elecciones de
1993 (Ley Orgánica del Sufragio, artículo 3o., 1989; Lucena,
2003).
iv) Reducción del periodo de duración de los niveles regionales y
municipales de cinco a tres años.
Todas estas reformas tuvieron implicaciones importantes en la evolu-
ción del sistema de partidos venezolano. Sin embargo, estas reformas
no fueron las únicas realizadas entre 1989 y 1998. Por el contrario,
la estabilidad del sistema electoral observada entre 1958 y 1988 dio
paso a un sistema en cambio constante. En 1992 se reformó la ley del
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