Page 509 - LOS SISTEMAS DE PARTIDOS EN AMERICA LATINA-CONO SUR Y PAISES ANDINOS- TOMO 2 - FLAVIA FREIDENBERT
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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Juridica Virtual del Instituto de Investigaciones Juridicas de la UNAM
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                        existente en la Constitución de 1961 y fija la duración de los
                        periodos presidencial, legislativo nacional, y regional/local en
                        seis, cinco y cuatro años respectivamente.
                    ii)  Cambios en la posibilidad de reelección: a pesar de que el sis-
                        tema anterior permitía la reelección —de distintas formas para
                        los distintos cargos—, la Constitución de 1999 armoniza estas
                        reglas y establece la posibilidad de reelección inmediata por un
                        periodo inmediato para cargos ejecutivos y por dos periodos
                                 copia
                        inmediatos para cargos legislativos. Estos límites, sin embargo,
                        fueron eliminados, para todos los cargos, con la reforma cons-
                        titucional de 2009.
                    iii)  Eliminación del Senado: la nueva Constitución elimina la fi-
                        gura del Senado y normaliza todos los poderes legislativos con
                        una sola cámara.
                    iv)  Eliminación de los diputados adicionales: se elimina la asigna-
                        ción de diputados adicionales para garantizar la proporciona-
                        lidad del sistema electoral.
                    v)  Cambios  en  las  atribuciones  y  composición  del  ente  rector
                        electoral.
                    vi)  Legalización de las “morochas”: el sistema de votación doble
                        o “segmentado” (Diether) mediante el cual los votos nominales
                        y lista no guardan relación, por lo que “el total de escaños que
                        corresponde a una agrupación política no lo determina el voto
                        lista, y que los candidatos electos en los circuitos no se restan
                        de los que le corresponden a la agrupación política conforme
                        al voto lista” como se hacía con anterioridad para garantizar la
                        proporcionalidad del sistema (Rachadell, 2010).























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                                     Instituto Nacional Electoral
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