Page 105 - MUJERES EN LA POLITICA, EXPERIENCIAS NACIONALES Y SUBNACIONALES EN AMERICA LATINA - MARIANA CAMINOTTI FLAVIA FREIDENBERT
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            108  Erika Estrada Ruiz

                En Brasil no sólo los partidos políticos deben destinar un espacio a men-
            sajes que favorezcan el empoderamiento femenino, sino la propia autoridad
            electoral, en este caso el Tribunal Superior Electoral, en año electoral, pro-
            mueve la participación femenina en la política  Así, el Artículo 93-A de la
            legislación señalada determina que entre el 1 de abril y el 30 de junio se uti-
            licen hasta cinco minutos diarios en emisoras de radio y televisión
                En los tres países analizados, los candidatos pueden aportar recursos
                         6 copia
            económicos a sus campañas, circunstancia que favorece a los hombres, pues
            son los que de manera habitual se han desarrollado profesionalmente y han
            generado las redes personales que les permiten obtenerlos  La actividad eco-
            nómica y política han sido campos de acción preponderantemente masculinos,
            por lo que es factible decir que las mujeres cuentan con un acceso limitado a
            fondos y relaciones que les permitan contar con capital económico y redes
            para poder financiar una campaña electoral
                Finalmente, en Brasil la Ley de Partido Político contempla que la parte
            que no cumpla con las disposiciones relativas a destinar financiamiento en
            favor de la mujer, en años posteriores, atreguará 2 5% de sus ingresos de la
            caja del partido para ese fin
                En México, la participación política de las mujeres en espacios institucio-
            nales –puestos de elección popular– ha tenido un avance paulatino  En la LXI
            Legislatura del Congreso de la Unión, de acuerdo con el resultado del proceso
            electoral federal 2008-2009, hubo una integración de 28% de mujeres en la
            Cámara de Diputados (la elección de 2006 integró 23% en la de Senadores)
            La LXIII Legislatura federal tiene una composición de 42 4% de mujeres de
            las 500 curules que integran la Cámara Baja y de 36 7% correspondientes a la
            Cámara Alta
                Uno de los factores determinantes para que se aumentara la presencia de
            mujeres fue la Sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral
            del Poder Judicial de la Federación (tepjf) identificada con el expediente
            JDC-12624/2011 y acumulados; por la cual la autoridad jurisdiccional inter-
            pretó una norma en el sentido de que los métodos utilizados por los partidos
            políticos para la selección de candidatos son, en todos los casos, democráti-
            cos y, por lo tanto, se debe de observar la regla que impone el propio Código

                6  Instituto Nacional Electoral, disponible en <//genero ife org mx/legislativo_sen html> (fecha
            de consulta: 2016)




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                        Instituto de Investigaciones Jurídicas, Instituto Electoral de la Ciudad de México
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