Page 109 - MUJERES EN LA POLITICA, EXPERIENCIAS NACIONALES Y SUBNACIONALES EN AMERICA LATINA - MARIANA CAMINOTTI FLAVIA FREIDENBERT
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112 Erika Estrada Ruiz
Estas definiciones jurisdiccionales contribuyeron a aclarar algunos de los
conceptos en los que los partidos políticos pueden invertir los recursos, pero
no solucionaron el dilema de qué actividades sí fortalecen la participación de
las mujeres En 2011, la intervención de activistas por los derechos de las mu-
jeres mexicanas, agrupadas en la llamada red de Mujeres en Plural, motivó una
reacción por parte de la autoridad electoral al plantear dudas sobre cómo esta-
ban ejerciendo los recursos los partidos políticos, a qué grupos de la sociedad
copia
se dirigían, qué entidades o regiones del país eran las beneficiadas y qué crite-
rios de distinción se realizaban para determinar si un gasto correspondía o no
al empoderamiento de las mujeres
La actitud de las mujeres y el reconocimiento de la autoridad electoral
sobre la ambigüedad de las normas motivaron reformas a la reglamentación en
materia de fiscalización En julio de 2011, el Consejo General del ife aprobó
disposiciones reglamentarias que buscaron dar claridad respecto a qué signi-
ficaba “capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político” En el
acuerdo CG201/2011, la autoridad electoral decidió
que los partidos políticos deberán programar el gasto, estableciendo objetivos,
metas e indicadores con el fin de medir la eficacia y la eficiencia del destino de los
recursos para el desarrollo de las actividades específicas y el correspondiente a la
capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres
El modelo adoptado por la autoridad electoral se basó en una lógica de
gasto programado; esto supone que los partidos deben seguir reglas contables
basadas en la planeación, presupuestación, evaluación y seguimiento Los par-
tidos consideraron que, para cumplir la norma, debían diseñar estrategias in-
ternas Sin embargo, la Unidad de Fiscalización del ine ha tenido que interve-
nir para corregir el rumbo, lo que evidencia las limitaciones que tuvieron las
organizaciones partidistas para poner en práctica la nueva normativa
No obstante, lo positivo es que se involucró a los partidos políticos en una
lógica de rendición de cuentas que los obliga a informar, programar y planear
el gasto de los recursos públicos a través de lo que se ha denominado como
Programas Anuales de Trabajo (pat), los cuales deben ser entregados dentro de
los 30 días siguientes a la aprobación del financiamiento público Los pat su-
ponen un sistema de evaluación del desempeño del gasto programado que
comprende la revisión de los proyectos, es decir, la evidencia del grado de
cumplimiento de objetivos y metas con base en los indicadores registrados Su
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