Page 193 - MUJERES EN LA POLITICA, EXPERIENCIAS NACIONALES Y SUBNACIONALES EN AMERICA LATINA - MARIANA CAMINOTTI FLAVIA FREIDENBERT
P. 193

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
       www.juridicas.unam.mx                                                  Libro completo en:
       http://biblio.juridicas.unam.mx/bjv                                  https://goo.gl/Ayk7kH

            200  Margarita Batlle

            mo de 30% establecido para la formación de listas   A diferencia de lo suce-
                                                           12
            dido con la Ley de Cuotas de 2000, cuya aplicación a las listas electorales no
            fue admitida por la corte, esta vez se argumentó que la medida promovía la
            igualdad de manera remedial, favoreciendo a un grupo en situación sistémica
            de discriminación  Además, se estableció que la limitación de la autonomía
            partidista –esgrimida como una de las razones para rechazar la cuota electo-
            ral en 2000– se justificaba frente a una finalidad importante, haciendo refe-
                                   copia
            rencia a la situación de discriminación nombrada anteriormente  También en
            2011 se creó, mediante la ley 1434, la Comisión Legal para la Equidad de la
            Mujer en el Congreso de la República y la Alta Consejería para la Equidad
            de la Mujer –hoy Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer– cuya
            función es desarrollar una política de equidad de género
                A pesar de los avances normativos, la participación de las mujeres en polí-
            tica y su éxito electoral continúan siendo menores en comparación con los
            hombres  Estas diferencias se acentúan en el nivel subnacional, aunque, por
            supuesto, con diferencias departamentales y municipales




            La conformación de un espacio
            de competencia subnacional


            Desde 1992, Colombia, aunque es un país formalmente unitario, ha elegido
            a todas sus autoridades subnacionales popularmente, atravesando diferentes
            reformas descentralizadoras  En este sentido, a finales de la década de 1990,
            se realizaron elecciones para la conformación de una Asamblea Constitu-
            yente que contó con una composición partidista variada y el ascenso de nue-
            vas fuerzas y organizaciones de izquierda  13
                Se elaboró una nueva Constitución que sumó la elección popular de go-
            bernadores a la de alcaldes y otorgó tanto nuevas competencias como mayor
            manejo presupuestal a municipios y departamentos   Así, el nivel subnacio-
                                                             14
                12  La Ley 1475 de 2011, en el Artículo 28 estableció que “Las listas donde se elijan 5 o más curules
            para corporaciones de elección popular o las que se sometan a consulta –exceptuando su resultado–
            deberán conformarse por mínimo un 30% de uno de los dos géneros”
                13  Así, de los 70 miembros electos, cerca del 35% no provenía de los partidos tradicionales (Batlle,
            2014: 94)
                14  Como sostienen Hoyos y Ceballos (2004: 2), la reforma descentralizadora buscaba contribuir
            a la creación y consolidación de nuevas fuerzas políticas, más allá de los dos partidos tradicionales,




                                DR © 2018. Universidad Nacional Autónoma de México
                        Instituto de Investigaciones Jurídicas, Instituto Electoral de la Ciudad de México
   188   189   190   191   192   193   194   195   196   197   198