Page 103 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 26497 - LEY ORGÁNICA DEL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL
DISPOSICIONES FINALES - Consejo del Notariado
[Primera Disposición Final.- Disposición derogada - Consejo de Supervigilancia de Fun-
por la Única Disposición Derogatoria de la Ley N.º daciones
29312, publicada el 07-01-2009.] - Consejo Nacional de Derechos Hu-
Segunda Disposición Final.- Modifícase el manos
Artículo 7 del Decreto Ley N.º 25993, Ley
Orgánica del Sector Justicia, en los siguien- - Consejo de la Orden del Servicio Civil
COPIA
tes términos. - Comisión Permanente de Califica-
Artículo 7.- El Ministerio de Justicia cuenta ción de Indultos.
con la siguiente estructura: Confrontar con la Única Disposición Complementaria
Alta Dirección Derogatoria de la Ley N.º 29809, publicada el 08 di-
ciembre 2011.
- Ministro - Despacho Ministerial Tercera Disposición Final.- Modifícase los
- Viceministro - Despacho Viceminis- artículos 6 y 7 del Código de los Niños y Ado-
terial lescentes, aprobado mediante el Decreto Ley
- Secretario General - Secretaría General N.º 26102, en los siguientes términos: LORENIEC
- Asesoría técnica Artículo 6.- AL NOMBRE, IDENTIDAD Y
NACIONALIDAD.- El niño y el adolescente
Órgano Consultivo tienen derecho a un nombre, a la naciona-
- Comisión Consultiva lidad peruana, a conocer a sus padres y a
Órgano de Control ser cuidado por éstos. Será registrado por
su madre o responsable inmediatamente
- Inspectoría Interna después de su nacimiento en el registro civil 103
Órgano de Defensa Judicial correspondiente.
- Procuraduría Pública a cargo de los De no hacerlo en el plazo de treinta días,
asuntos judiciales del Ministerio de se procederá a la inscripción conforme a lo
Justicia. prescrito en el Título VI de la Ley del Regis-
Órgano de Asesoramiento tro Nacional de Identificación y Estado Civil.
- Oficina General de Economía y Desa- La dependencia a cargo del registro exten-
rrollo. derá la primera constancia de nacimiento
en forma gratuita y dentro de un plazo que
- Oficina General de Asesoría Jurídica. no excederá de veinticuatro horas.
Órganos de Apoyo El Estado garantiza este derecho mediante
- Oficina General de Administración. el Registro Nacional de Identificación y Es-
- Oficina General de Informática. tado Civil.
Órganos de Línea Para los efectos del derecho al nombre, se apli-
carán las normas pertinentes del Código Civil.
- Dirección Nacional de Justicia. Artículo 7.- IDENTIFICACIÓN.- En el certi-
- Dirección Nacional de Asuntos Jurí- ficado de nacimiento vivo, así como en el
dicos primer ejemplar del Documento Nacional
Consejos y Comisiones de Identidad que se emita, constará la iden-
- Consejo de Defensa Judicial del Estado tificación dactilar de la madre y la identifi-
cación pelmatoscópica del recién nacido,

